Acuerdo Ministerial No. 126-2020.- Se instituye Cordón Sanitario en la colonia Monte Carmelo II, aldea Lo de Mejía, municipio de San Juan Sacatepéquez del departamento de Guatemala
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 126-2020
Guatemala, 08 de mayo de 2020
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO
Que el Presidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros, emitió el Decreto Gubernativo Número 5-2020, ratificado por el Decreto Número 8-2020 del Congreso de la República de Guatemala, así como sus reformas y ampliaciones mediante los Decretos Gubernativos Números 6-2020 y 7-2020, ratificados por ei Decreto Número 9-2020 del Congreso de la República de Guatemala y asimismo las reformas y ampliaciones contenidas en el Decreto Gubernativo 8-2020, declarando estado de calamidad pública en todo el territorio nacional como consecuencia del pronunciamiento de la Organización Mundial de la Salud de la pandemia de coronavirus COVID-19 como emergencia de salud pública de importancia internacional; habiéndose tomado Disposiciones Presidenciales en caso de Calamidad Pública y Órdenes para el Estricto Cumplimiento con el objeto de prevenir la propagación y mitigar el impacto del mismo.
CONSIDERANDO
Que la competencia administrativa que la ley otorga al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, específicamente en el artículo 39 literal d) del Decreto Nº 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo y en el artículo 9 del Decreto Nº 90-97 Código de Salud, establecen que corresponde realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de programas de vigilancia y control epidemiológico como ente rector del sector salud; preceptuando ei Decreto Gubernativo Nº 5-2020 que el presente Ministerio, ejecute todas las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al Plan de Prevención, Contención y Respuesta a casos de Coronavirus (CQViD-19).
CONSIDERADO
Que como parte del Plan para la Prevención, Contención y Respuesta a casos del Coronavirus (CQVID-19) y sus anexos, así como el Manual de Normas y Procedimientos del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica de Guatemala, se ha dado seguimiento a los controles respectivos, por lo que se ha determinado la existencia de un brote del COVID-19 en la colonia Monte Carmelo II, aldea Lo De Mejía, municipio de San Juan Sacatepéquez del departamento de Guatemala; y que como ha quedado indicado en la Resolución 1/2020 adoptada por la Corte interamericana de Derechos Humanos, resulta imperativo que los Organismos del Estado, ai momento de emitir medidas de emergencia y contención frente a la pandemia del COVID-19 apliquen perspectivas ínterseccionales en atención a las necesidades y ai impacto diferenciado de dichas medidas en los derechos humanos de los grupos en situación especial de vulnerabilidad
POR...
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