Acuerdo Ministerial No. 06-2018.- Acuérdase prorrogar el plazo de la duración de la Unidad para la Prevención Comunitaria de la Violencia, por cinco (5) años

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Ministerial número 542-2008 de fecha 20 de febrero de 2008, se creó la Unidad para la Prevención Comunitaria de la Violencia, adscrita al Despacho Ministerial, como una Unidad Especial de Ejecución, por un plazo de cinco (5) años, el cual fue prorrogado mediante Acuerdo Ministerial número 95-2013 de fecha 19 de febrero de 2013.

CONSIDERANDO

Que la Unidad para la Prevención Comunitaria de la Violencia se encuentra desarrollando planes, programas y proyectos, los cuales no pueden quedar inconclusos, por lo que este Despacho Ministerial estima necesario ampliar el plazo de la misma por un período de cinco (5) años.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 20, 22, 23, 25 y 27 literales a), f) y m) y 36 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 4, 5 y 8 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación, Acuerdo Gubernativo número 635-2007.

ACUERDA

Emitir lo siguiente:

ARTÍCULO 1 PRÓRROGA DEL PLAZO

Se prorroga el plazo de la duración...

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