Acuerdo Gubernativo No. 303-2021.- El usuario podrá acreditar que las mercancías originarias de la otra Parte que hayan estado en tránsito, con o sin transbordo, por el territorio de uno o más países no Parte del Acuerdo Comercial, no han sufrido procesamiento ulterior a través de la documentación detallada

EL VICEMINISTRO DE INVERSION Y COMPETENCIA ENCARGADO DEL DESPACHO

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo estabfecido en la Constitution Politica de la Republics de Guatemala, el Estado norma sus relaciones con otros Estados y en ese sentido, la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto niimero 114-97 del Gongreso de la Republica de Guatemala, senala que es funeion del Ministerio de Economia, encargarse de la ejecucion de los convenios y tratados de comercio internacional bilateral y multilateral, una vez hayan sido aprobados y ratificados.

CONSIDERANDO:

Que Guatemala tiene vrgentes varios acuerdos comerciales, por medio de los cuales se busca la elimination de los obstaculos ai comercio y fa facilitation de las operaciones comerciales.

CONSIDERANDO:

Que cuando exista la practica comercial de Transito o Transbbrdo de las mercancias amparadas en los acuerdos comerciales vigentes en Guatemala, la autoridad aduanera podra requerir al usuario, al momento de solicitar trato arancelario preferencial para una mercancfa, docurnentos o cualquier otra informacion que demuestre que la misma no ha sufrido un procesamiento ulterior o no ha sido objeto de cualquier otra operation fuera del territorio de las Partes, o que dicha mercancla ha permanecido bajo control aduanero en el territorio de un Estado no Parte, por lo que, se hace necesario preeisar la documentation que puede ser presentada para acreditar el cumblimiento de dichas disposiciories comerciales, to cual es de estricto interes del Estado de Guatemala y por lo tanto debe ser dado a conocer a la poblacion en general.

POR TANTO,

En ejercicio de las funtiones que le asignan los articulos 27, literales a) y m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto numero 114-97 del Gongreso de la Republica de Guatemala,

ACUERDA:

Artículo 1 El usuario podra acreditar que fas mercancfas originarias de la...

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