Acuerdo Gubernativo No. 133-2024.- Requisitos, trámites y procedimientos de inscripción, precalificación y otras anotaciones registrales ante el Registro General de Adquisiciones del Estado derivado de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto No. 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala
| Publicado en | Diario de Centro América |
Las presentes disposiciones regulan lo relativo a trámites, documentos, procedimientos y requisitos aplicables a la inscripción, precalificación y otras anotaciones regístrales de las personas individuales, jurídicas, nacionales y extranjeras para que sean habilitadas como contratistas o proveedores del Estado ante el Registro General de Adquisiciones del Estado, que en el presente Acuerdo Gubernativo se denominará RGAE.
Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo Gubernativo son aplicables a las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que de conformidad con el Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, deben estar inscritas y/o precalificadas y habilitadas.
La operación y/o anotación registral se realizará con base en el cumplimiento de la información y los requisitos presentados por el usuario en los formularios electrónicos del Sistema RGAE, acción que no convalidará hechos o actos nulos o ilícitos; el usuario será el único responsable de la exactitud y autenticidad de la información y documentos que presente.
Conforme lo establecido en los artículos 22 y 23 del Acuerdo Gubernativo Número 170-2018, Reglamento del Registro General de Adquisiciones del Estado, las operaciones regístrales están sujetas al pago de un arancel, el cual deberá realizarse dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la emisión de la boleta de pago generada por el Sistema RGAE.
Se considerará oficialmente presentada una solicitud cuando se complete el requisito de pago a través de los medios que disponga el RGAE, conforme lo establecido en el presente artículo.
El usuario deberá completar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y adjuntar en formato PDF copia simple de los documentos siguientes:
a) Servicios técnicos:
Nivel Diversificado o Técnico Universitario:
Anverso y reverso de título o diploma a nivel diversificado o técnico universitario, debidamente registrado en la Contraloría General de Cuentas y en la Superintendencia de Administración Tributaria cuando corresponda, tales registros deberán constar en el titulo o diploma que se adjunte.
En los casos que el RGAE no pueda validar de forma electrónica el registro del título o diploma académico, deberá adjuntar constancia de su registro emitida por la Contraloría General de Cuentas o copia simple del título o diploma en su lado anverso y reverso con firma y sello de confrontación por la entidad contratante, no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
Los títulos o diplomas emitidos en el extranjero deberán cumplir con lo que establece el artículo 26 del presente Acuerdo Gubernativo y resolución de equivalencias emitida por el Ministerio de Educación.
Otros estudios o conocimientos técnicos:
Anverso y reverso de diplomas o certificaciones de estudios que acrediten nivel académico o conocimientos técnicos con firma y sello de confrontación por la entidad contratante, no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
En caso de no tener nivel académico, deberá adjuntar documento firmado y sellado por la entidad contratante conforme al formato puesto a disposición por el RGAE, emitido en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Servicios profesionales:
i. Anverso y reverso de título o diploma en el grado académico de Licenciatura debidamente registrado en la Contraloría General de Cuentas y en la Superintendencia de Administración Tributaria, tales registros deberán constar en el título o diploma que se adjunte.
ii. Constancia de colegiado activo.
En los casos que el RGAE no pueda validar de forma electrónica el registro del título o diploma académico, deberá adjuntar constancia de su registro emitida por la Contraloría General de Cuentas o copia simple del título o diploma en su lado anverso y reverso con firma y sello de confrontación por la entidad contratante, no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
Los títulos o diplomas emitidos en el extranjero deberán cumplir con lo que establece el artículo 26 del presente Acuerdo Gubernativo, así como la resolución de incorporación emitida por la Universidad de San Carlos de Guatemala de conformidad con el artículo 87 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
El usuario deberá completar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y adjuntar en formato PDF copia simple de los documentos siguientes:
a) Declaración Administrativa mediante la cual manifieste no estar comprendido dentro de las prohibiciones contenidas en el articulo 80 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, según el formato puesto a disposición por el RGAE, emitida en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Anverso y reverso del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente.
c) Solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
El usuario deberá completar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y adjuntar en formato PDF copia simple de los documentos siguientes:
a) Declaración Administrativa mediante la cual manifieste no estar comprendido dentro de las prohibiciones contenidas en el artículo 80 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, según el formato puesto a disposición por el RGAE, emitida en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Pasaporte vigente.
El usuario deberá completar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y adjuntar en formato PDF copia simple de los documentos siguientes:
a) Declaración Administrativa mediante la cual manifieste no estar comprendido dentro de las prohibiciones contenidas en el articulo 80 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, según el formato puesto a disposición por el RGAE, emitida en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Anverso y reverso del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente.
c) Patente(s) de comercio de la(s) empresa(s) de su propiedad, que desee registrar.
d) Solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
El usuario deberá completar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y adjuntar en formato PDF copia simple de los documentos siguientes:
a) Declaración Administrativa mediante la cual se manifieste no estar comprendidos dentro de las prohibiciones contenidas en el artículo 80 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, según el formato puesto a disposición por el RGAE, emitida en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Anverso y reverso del Documento Personal de Identificación -DPI- vigente, de cada copropietario.
c) Anverso y reverso de la(s) patente(s) de comercio(s) de la(s) Empresa(s) Mercantil(es) en Copropiedad. Podrá presentar documento mediante el cual se constituyó la Empresa Mercantil en Copropiedad, si lo tuviere.
d) Documentación que acredite como factor y/o representante legal vigente, con la respectiva razón registral, cuando sea aplicable.
e) Solvencia fiscal emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
El usuario deberá completar el formulario electrónico correspondiente en el Sistema RGAE y adjuntar en formato PDF copia simple de los documentos siguientes:
a) Declaración Administrativa mediante la cual se manifieste no estar comprendidos dentro de las prohibiciones contenidas en el artículo 80 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado, según el formato puesto a disposición por el RGAE, emitida en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles previo a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Documentación que acredite estar inscrito ante el Registro Mercantil General de la República de Guatemala:
i. Patente de comercio de sociedad.
ii. Patente(s) de comercio de la(s) empresa(s) de su propiedad, que desee registrar.
iii. Testimonio de la escritura pública de constitución de la sociedad, con la respectiva razón registral.
En el caso de ampliaciones, aclaraciones y/o modificaciones a la escritura constitutiva de sociedad, deberá adjuntar el testimonio con la respectiva razón registral.
iv. Documentación que...
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