Acuérdase crear en forma temporal la Comisión Presidencial de Asuntos Municipales, denominada en adelante 'COPRESAM' y/o 'La Comisión', la cual dependerá de la Presidencia de la República de Guatemala

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Acuérdase crear en forma temporal la Comisión Presidencial de Asuntos Municipales, denominada en adelante "COPRESAM" y/o "La Comisión", la cual dependerá de la Presidencia de la República de Guatemala.

ACUERDO GUBERNATIVO Nº 42-2020

Guatemala, 1 8 de marzo de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece el deber del Estado de garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.

CONSIDERANDO

Que el Presidente de la República como Jefe del Estado de Guatemala, representa la unidad nacional y debe velar por los intereses de toda la población y la cofisecución del bien común, tomando en consideración la división administrativa del territorio de la República y la autonomía municipal para fortalecer los mecanismos que faciliten la comunicación y coordinación de acciones entre las dependencias del Organismo Ejecutivo y el gobierno municipal, a fin de articular esfuerzo que permítan el desarrollo social.

POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 5 del Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.

ACUERDA:

Artículo 1 Creación: Se crea en forma temporal la Comisión Presidencial de Asuntos Municipales, denominada en adelante “COPRESAM" y/o “La Comisión”, la cusí dependerá de la Presidencia de la República de Guatemala.
Artículo 2 Objeto: La Comisión tiene por objeto fortalecer los mecanismos de comunicación y coordinación de acciones entre las dependencias del...

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