Acta No, 52-2017. Punto 7.- Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio municipal de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos del municipio de El Jícaro, departamento de El Progreso

MUNICIPALIDAD DE EL JÍCARO, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO

PUNTO 7° CORRESPONDIENTE AL ACTA NÚMERO 52-2017

SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EL JÍCARO, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, PUNTO 7o CORRESPONDIENTE AL ACTA NÚMERO 52-2017 SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2017 CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final,

CONSIDERANDO:

Que en el municipio de El Jícaro no se cuenta con un reglamento que regule este servicio, por lo que es necesario regularlo.

POR TANTO:

El Concejo Municipal, con fundamento en los artículo 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso a) 72, 73, 74, 75, 100 y 101 del Código Municipal por unanimidad

ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO DE EL JÍCARO, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO.

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y OPERACIÓN DEL SERVICIO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 12
Artículo 1

Objeto. El presente reglamento es de observancia general y tiene por objeto regular la prestación del servicio de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos en el Municipio de El Jícaro.

Artículo"2. Naturaleza del servicio. El servicio de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos es competencia propia de la Municipalidad y será prestado por ésta. Sin embargo, cuando el Concejo Municipal lo considere conveniente, podrá aprobar su prestación en forma mancomunada o concesionario a personas individuales o jurídicas, conforme lo. estipulado en los artículos 73, 74 y 75 del Código Municipal y en este Reglamento.

Articulo 3 Entidad responsable

La Oficina de Servicios Públicos Municipales, en adelante la OSPM, es la responsable de velar por que el reglamento se aplique correctamente y sin preferencias ni excepciones de ninguna naturaleza.

Articulo 4 Obligatoriedad de suscribirse ai servicio

Para garantizar úna eficiente y ordenada recolección de los desechos sólidos y evitar la proliferación de basureros clandestinos, todos los propietarios, arrendatarios o usufructuarios de inmuebles ubicados en las áreas de cobertura del servicio de recolección de basura están obligados a suscribirse y pagar la tasa mensual establecida por el Concejo Municipal, independientemente que hagan o no uso del mismo.

Artículo 5 Áreas públicas

Corresponde a cada vecino mantener limpia la acera y la calle frente a su casa, y a la municipalidad, el barrido de las calles, las plazas, el mercado municipal y demás áreas públicas municipales.

CAPÍTULO II OPERACIÓN DEL SERVICIO Artículos 6 a 12
Articulo 6 Administración del servicio

La administración del servicio estará a cargo de un encargado, quien sera nombrado por el alcalde municipal y estará bajo la dirección del jefe de la OSPM. Contará con el apoyo del personal que se contrate para el efecto y tendrá las siguientes funciones:

  1. Velar por que el servicio se preste deforma eficiente y ordenada;

  2. Llevar un registro de los usuarios del servicio;

  3. Supervisar y coordinara los empleados municipales encargados de la prestación del servicio;

  4. Dirigir los trabajos de tratamiento y disposición final de los desechos recolectados;

  5. Establecer el horario de recolección de desechos sólidos, indicando el día y la hora porzdna, área, barrio o similar;

  6. Elaborar el presupuesto anual necesario para cumplir con sus obligaciones, el que deberá trasladar a la OSPM para su tramite correspondiente;

  7. Velar por el cumplimiento del presente reglamento;

  8. Atender las solicitudes de servicio presentadas por los vecinos;

  9. Atender, verificar y documentar las denuncias que por violación a este reglamento se presenten.

  10. Informar al Juez de Asuntos Municipales o al alcalde en su defecto, sobre las violaciones al presente reglamento que haya verificado y documentado.

Artículo 7 Obligaciones de los usuarias

Los usuarios del servicio de recolección de desechos sólidas deberán cumplirlas siguientes obligaciones:

  1. Almacenar y entregar los desechos sólidos en bolsas plásticas cerradas, las que colocarán en la puerta de su casa, negocio u otros, el día y hora indicado por el recolector;

  2. Velar por que los desechos que entregue na causen daño o lesiones a las personas que los manipularan;

  3. No botar basura en la vía pública o lugares públicos;

  4. Pagar dentro de los primeros diez días de cada mes la tasa correspondiente a la...

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