Acta No. 04-2019 punto cuatro.- Prohibición del uso y distribución de utensilios plásticos desechables, bolsas plásticas, pajillas plásticas, platos y vasos de duroport o plástico desechable y derivados no biodegradables

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE LA MAQUINA DEL DEPARTAMENTO SUCHITEPEQUEZ

CERTIFICA

HABER TENIDO A LA VISTA EL LEGAJO DE HOJAS MOVIBLES DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA No. 04-2019 CELEBRADA EL DIA SABADO DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, EN DONDE SE ENCUENTRA EL PUNTO CUARTO QUE COPIADO LITERALMENTE SE LEE:

CUARTO: el Sr. Roñal Obdulio Aldana Chilin, Alcalde Municipal procede a Manifestar al pleno sesionante, sobre la iniciativa del Sr. Luciano Puac Simón, Concejal Quinto, en que ha solicitado por varias veces que en el Municipio de San José La Máquina, del Departamento de Suchitepéquez, se realice el ACUERDO DE PROHIBICIÓN DEL USO Y DISTRIBUCIÓN DE UTENSILIOS PLASTICOS DESECHABLES, BOLSAS PLASTICAS, PAJILLAS PLÁSTICAS, PLATOS Y VASOS DE DUROPORT O PLÁSTICOS DESECHABLES Y DERIVADOS NO BIODEGRADABLES.

El Concejo Municipal de la municipalidad de San José La Máquina del Departamento de Suchitepéquez.

CONSIDERANDO: La Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado Está obligado a propiciar el Desarrollo económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambienté y mantenga el equilibrio ecológico, además declara de interés Nacional la conservación, protección y mejoramiento del ambiente Natural de la Nación.

CONSIDERANDO: que la Constitución política de la República de Guatemala Indica literalmente en su artículo 1.- protección la persona. El estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común, y el articulo 97 del mismo cuerpo legal el cual indica medio ambiente y equilibrio ecológico, el estado las municipalidades y los habitantes de) territorio Nacional están obligados a propiciar el desarrollo soda!, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictaran todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.

CONSIDERANDO: EL Código de Salud expresa que le corresponde a las Municipalidades la prestación de los servicios de limpieza y recolección, tratamiento y disposición de los residuos sólidos de acuerdo a las leyes especificas y en cumplimiento de las normas sanitarias aplicables y que el Código Municipal establece que es...

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