Sentencia nº 298-2018 de - Sentencia

14/11/2018 – NIÑEZ Y ADOLESCENCIA -

298-2018

01174-2018-00298 Of. 1º SALA DE LA CORTE DE APELACIONES DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA: Guatemala, catorce de noviembre del año dos mil dieciocho. EN NOMBRE DEL PUEBLO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, se procede a dictar sentencia de segundo grado, que resuelve el recurso de Apelación interpuesto por (…), contra la sentencia de fecha diecinueve de julio de dos mil dieciocho, dictada por la Juez Primera del Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia del Área Metropolitana del Departamento de Guatemala.

I. IDENTIFICACION DE LOS NIÑOS PROTEGIDOS:

a)(…), de ocho años de edad, nació el veinte de junio de dos mil diez, hija de (…) y (…), según certificado de nacimiento emitido por el Registro Civil de las Personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de San José Pinula, departamento de Guatemala, identificado con código de identificación -CUI- número dos mil ciento veintiséis espacio noventa y un mil novecientos ochenta y ocho espacio cero ciento uno.

b)(…), de siete años de edad, nació el veintisiete de mayo de dos mil once, hijo de (…) y (…), según certificado de nacimiento emitido por el Registro Civil de las Personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de San José Pínula, departamento de Guatemala, identificado con código de identificación -CUI- número dos mil doscientos cuarenta y siete espacio once mil ochocientos treinta espacio cero ciento uno.

c)(…), de cuatro años de edad, hijo de (…), según certificado de nacimiento emitido por el Registro Civil de las Personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de San José Pínula, departamento de Guatemala, identificado con código de identificación -CUI- número tres mil cuatrocientos cincuenta espacio cero tres mil doscientos cuarenta y uno espacio cero ciento uno.

II.- EXTRACTO DE LA SENTENCIA APELADA:

El Juez de la Causa, en la sentencia recurrida, DECLARÓ:“… LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LSO NIÑOS (…), (…) Y (…), EN CAUNTO A LA IDENTIDAD, ABUSO EMOCIONAL Y FISICO, por lo que resuelve: I) Se CONFIRMA la declaratoria de responsabilidad de los niños (…), (…) AMBOS DE APELLIDOS (…) y (…), con la tía paterna, la señora (…) con el apoyo del señor (…) para que velen por su cuidado y protección integral, que los niños de mérito continúen recibiendo terapia psicológica, debiendo presentar las constancias respectivas en la próxima audiencia, así como constancia de estudios en el presente ciclo escolar. II) Se ordena a los señores (…) Y (…), culminar el taller de Escuela de Padres y terapia psicológica y en la próxima audiencia presentar las constancias respectivas. III) Se autoriza la convivencia de la señora (…) y los niños en protección, con la...

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