Sentencia nº 466-2017 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán, 24 de Enero de 2018

PresidenteExcepción Perentoria de Falta de Obligación de Pago; Excepción Perentoria de Falta de Veracidad; Excepción de Prescripción
Fecha de Resolución24 de Enero de 2018
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán

24/01/2018 - LABORAL

466-2017

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, COBAN, VEINTICUATRO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Para dictar sentencia en el presente juicio, se trae a la vista el expediente laboral identificado arriba, que promueveM.A.C.C., quien es de este domicilio, en contra deBANCO AZTECA DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA.La demandante actúa con la asesoría profesional de los abogados E.O.C.V. y M. delR.W.C., la entidad demandada compareció por medio de J.C.M.M., en su calidad de Mandatario Especial y Judicial con Representación, el que actuó bajo su propio auxilio. El presente proceso es de conocimiento y tiene por objeto determinar si la demandante tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones laborales: ajuste salarial, indemnización, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo, bonificación incentivo, compensación de vacaciones, daños y perjuicios, costas y gastos judiciales. A continuación se hace un resumen de la demanda y su contestación.

Resumen de la demanda:la demandante indicó haber iniciado a laboral para la entidad demandada, el veintisiete de octubre de dos mil once, laboró como conserje, con un salario de quinientos quetzales mensuales, y el treinta y uno de julio de dos mil quince fue despedida, por lo que solicita que su demanda sea declarada con lugar y se reconozca su derecho a que la entidad demandada le pague las siguientes prestaciones laborales: ajuste salarial, indemnización, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo, bonificación incentivo, vacaciones, daños y perjuicios, costas y gastos judiciales.De la audiencia oral y contestación de la demanda:en la audiencia de juicio oral respectiva, la entidad demanda por medio de su mandatario, contestó la demanda en sentido negativo a través de memorial. Además interpuso excepciones perentorias de: 1) falta de veracidad de los hechos aducidos en la demanda; 2) prescripción del derecho de la actora para reclamar el pago de indemnización por tiempo servido; 3) falta de obligación de pagar vacaciones que reclama la parte actora;indicó que, el contenido y las reclamaciones que constan en la demanda carecen de fundamento y por lo tanto son improcedentes de conformidad con la ley; que los hechos no son ciertos ya que la actor en ningún momento ha laborado para el Banco Azteca, así lo hizo ver ante la...

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