Sentencia nº 707-2017 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán, 20 de Marzo de 2018

PresidenteContrato Individual de Trabajo; Despido Directo; Confesión Fícta
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2018
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz, Cobán

20/03/2018 - LABORAL

707-2017

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, COBAN, VEINTE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Para dictar sentencia en el presente juicio, se trae a la vista el expediente laboral identificado arriba, que promuevenE.C.Y., C.H.C.C., O.L.C.Q., ELY ROLANDO CÚ YOJ y G.P.B.,en contra deOPERADORA Y ADMINISTRADORA DE RECURSO HUMANO, SOCIEDAD ANONIMA.Los demandantes son de este domicilio, actúan con la asesoría de los abogados E.O.C.V. y M. delR.W.C., la entidad demanda por medio de su representante legal, no compareció al presente juicio. El presente juicio es de conocimiento, de tipo oral y tiene por objeto determinar si los demandantes tienen derecho al pago de las siguientes prestaciones laborales: ajuste salarial, indemnización, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo, bonificación incentivo, vacaciones, daños y perjuicios. A continuación se hace un resumen de la demanda, de su contestación, y de las diferentes fases del proceso.- Resumen de la demanda:los demandantes manifiestan en su memorial de demanda que, con la entidad demandada iniciaron relación laboral el diecinueve de agosto de dos mil catorce, uno de agosto de dos mil catorce, veintidós de julio de dos mil quince, diecinueve de agosto de dos mil catorce y dos de julio de dos mil quince, respectivamente, se desempeñaron como despachadores de gasolina, devengaron un salario de dos mil doscientos dieciocho, mil setecientos, dos mil doscientos dieciocho, dos mil doscientos dieciocho y dos mil cuatrocientos quetzales mensuales, respectivamente y que el dos de julio de dos mil dieciséis fueron despedidos. Por lo anterior, solicitan se reconozcan sus derechos al pago de las siguientes prestaciones; ajuste salarial, indemnización, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público, aguinaldo, bonificación incentivo, vacaciones, daños y perjuicios.

De la audiencia y de la contestación de la demanda.En la audiencia de juicio oral correspondiente, acudieron únicamente los demandantes, por lo cual el juicio se siguió en rebeldía de la parte demandada.De la fase conciliatoria: debido a la inasistencia de la entidad demandada, por medio de su representante legal, no fue posible proponer formulas ecuánimes de conciliación entre las partes.De la recepción de las pruebas ofrecidas por las partes.Por parte de los demandantes se recibió:I)...

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