Sentencia nº 316-2017 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa - Sentencia de 22 de Febrero de 2018

PonenteEvasión en Grado de Tentativa
PresidenteSana Critica Razonada; Calificación Jurídica
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2018
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Jalapa

22/02/2018 – PENAL

316-2017

SALA REGIONAL MIXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DE JALAPA: JALAPA, VEINTIDOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO.

En nombre del pueblo de la República de Guatemala, se dicta sentencia en relación al Recurso de Apelación Especial interpuesto por MOTIVO DE FORMA por el MINISTERIO PÚBLICO, a través de la Agente Fiscal de la Unidad de Impugnaciones, Abogada D.E.M.R., en contra de la sentencia de fecha veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, proferida por el Juez Unipersonal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Jalapa, Abogado E.A.C.P., dentro del proceso que por el delito deEVASIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, se instruyó en contra deS.A.O.N..

DE LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO: Interviene el procesado S.A.O.N., quien es de los datos de identificación personal ya conocidos en autos. Acusa: El Ministerio Público Fiscalía de Distrito de J. a través del Agente Fiscal Abogado F.A.G.C.. Defensa: La defensa del acusado corrió a cargo de la Abogada del Instituto de la Defensa Pública Penal, I.B.C.F.. No se constituyó Q.A., Actor Civil ni Tercero Civilmente Demandado.

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA ACUSACIÓN FORMULADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO:“U.S.A.O.N., se le atribuye que el diecisiete de abril del año dos mil diecisiete, a las diez horas veinte minutos, aproximadamente, fue aprehendido en quinta avenida entre calle Transito Rojas y primera calle zona uno, barrio la Democracia, del municipio y departamento de Jalapa, por personal de la Policía Nacional Civil R.A.M.R., D.A.C.E.Y.W.O.B.A., toda vez que cuando era trasladado del Juzgado de Paz de este municipio y departamento de Jalapa, a la cárcel publica para hombres de este departamento, después de ser escuchada su declaración, dentro de la causa penal 21006-2017-00375, sindicado de los delitos de PROMOCION O ESTIMULO A LA DROGADICCION, E INGRESO DE EQUIPO TSERMINAL MOVIL A CENTRO DE PRIVACION DE LIBERTAD EN GRADO DE TENTATIVA, dentro de la causa 21006-2017-00375, salio corriendo, para evitar su procesamiento, llevando las manos, hacia a tras, sujetas con las esposas de la Institución Policial, con el objetivo de evadir de su procesamiento el elemento P.R.A.M.R., disparo su arma de fuego de equipo, al aire, para disuadirlo, mas sin embargo no se detuvo, momento en el que intervienen los elementos de Policía DANILO AUGUSTO CORTEZ ELIAS Y WALDIS ONIEL BOTEO ALFARO quienes lo aprehenden a U.S.A.O.N., juntamente con las esposas que portaba. Los hechos atribuidos a U.S.A.O.N., tienen una calificación jurídica de EVASION, regulado en el artículo 470 del Código Penal.”

PARTE RESOLUTIVA DEL FALLO IMPUGNADO:El Juez Unipersonal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de J., resolvió: “I) Que el acusado S.A.O.N., es Autor responsable del delito de RESISTENCIA regulado en el artículo 409 del Código Penal, en agravio de la Administración Pública; II.) Por dicho ilícito penal cometido...

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