Sentencia nº 773-2016 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz, 11 de Agosto de 2017

PresidenteContrato Individual de Trabajo; Terminación del Contrato; Excepción perentoria de inexistencia de derecho; Excepción perentoria de falta de cumplimiento
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2017
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz

11/08/2017 - LABORAL

773-2016

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, COBAN, ONCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.

Se tiene a la vista para dictar sentencia en el juicio laboral arriba identificado, promovido por Z.M.R.M.,de este domicilio, actúa con la asesoría de los abogados M.V.C.M. y M.V.C.M., en contra de la entidad Asociación del Auxilio Póstumo del Magisterio Nacional, a través de su representante legal, con domicilio en la ciudad de Guatemala, el que actúa con la asesoría de su mandatario especial Judicial con representación, A.H.M.E., quien actuó bajo la asesoría de la abogada Flor de M.H.M.. El tipo de juicio es de conocimiento y el objeto del mismo es reconocimiento del derecho de la demandante al pago de las siguientes prestaciones laborales: indemnización por tiempo de servicio; daños y perjuicios;

Resumen del memorial de demanda:indicó la actora, que inició relación laboral con la entidad demandada, el tres de mayo del año dos mil diez, mediante contrato escrito, la cual finalizó el día quince de julio de dos mil dieciséis, debido a despido directo e injustificado, durante la relación laboral desempeñó el puesto de oficial II en la sede departamental de la entidad demandada en ésta ciudad; laboraba en jornada de lunes a viernes de ocho a diecisiete horas; devengaba un salario promedio mensual de cuatro mil diez quetzales (Q.4,010.00), en virtud de lo anterior, solicita que su demanda sea declarada con lugar, y se reconozca su derecho a que la entidad demandada le pague las prestaciones siguientes: indemnización por tiempo de servicio, daños y perjuicios .

Del juicio oral y de la contestación de la demanda:a la audiencia de juicio oral, comparecieron ambas partes, la entidad Asociación del Auxilio Póstumo del Magisterio Nacional,a través de su representante legal, quien contestó la demanda en sentido negativo, oponiéndose a las pretensiones de la actora e interpuso las excepciones perentorias de: a) inexistencia del derecho que pretende hacer valer la actora, y b) falta de cumplimiento de la condición a que está sujeto el derecho que pretende hacer valer. Indicó que la demandante fue despedida de su trabajo, porque incurrió en los hechos contenidos en el artículo 77 inciso d) del Código de trabajo, pues se dedicaba a realizar cobros ilegales a los asociados de la institución con la finalidad de agilizar proceso diligencias, créditos a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR