Sentencia nº 3245-2012 de Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social, 18 de Febrero de 2013
| Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2013 |
| Emisor | Juzgado Octavo de Trabajo y Previsión Social |
18/02/2013 - LABORAL
3245-2012
JUICIO ORDINARIO LABORAL No. 01173-2012-03245 Of. 1º. JUZGADO OCTAVO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, dieciocho de febrero del año dos mil trece.
Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA del presente proceso arriba identificado el cual espromovido por:B.M.A.N. en contra de:ESTADO DE GUATEMALA A TRAVES DELA PROCURADURIA GENERALDELA NACION YCOMO ENTIDAD NOMINADORA EL FONDO NACIONAL PARALA PAZ YSU UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS -FONAPAZ-. La partedemandantecompareció bajo la asesoría legal de la abogada C.M.M.U. y R.A.S.M.; La partedemandadacompareció a través del Representante Legal el Abogado C.E.P..CLASE Y TIPO DE JUICIO:Es ordinario laboral y de conocimiento.
DEL OBJETO DEL PROCESO:Si la parte demandante tiene derecho al pago de Indemnización por Despido Injustificado, Vacaciones, A., Bonificación Anual Para los Trabajadores del Sector Privado y Público, Bonificación Incentivo, Daños y Perjuicios y C.J.; y del estudio de las actuaciones se obtienen los siguientes resúmenes:
DELA DEMANDA: La partedemandantemanifiesta que inició su relación laboral con la demandada el dos de marzo del año dos mil nueve, finalizando el treinta y uno de mayo de dos mil doce ; desempeño el cargo de Auxiliar en el Departamento Juridico (Gerencia de Asuntos Juridicos), su Horario era de Lunes a Viernes, de ocho horas a diecisiete horas, devengando un salario mensual de OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO QUETZALES (Q 8,925.00).Ofreció sus respectivos medios de pruebay para sentencia solicito lo que estimo pertinente.
DE
DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA:a)La relación de trabajo entre la demandantey el demandado; b)Del pago de las prestaciones laborales reclamadas por el demandante;c)Dela Causa Justificadao no justificada del Despido
PRUEBAS APORTADAS AL PROCESO:PORLA PARTE DEMANDANTE: A) Documental:I. Contratos de Trabajo Suscritos por la parte demandante con la entidad demandada. II. Constancia que extendidas por el Jefe de Recursos Humanos de la entidad nominadora; III. Certificación de Finiquito número cero quince guion dos mil doce, extendida por el jefe de Inventarios dela Entidad Nominadora;B) Exhibición de Documentos:Desplegado del Reloj biométricoC) Confesión Judicialla cual no se diligenció por haber renunciado a la misma la parte oferente.PORLA PARTE DEMANDADA:A. DOCUMENTAL:I. Fotocopia simple del contrato quinientos setenta y seis guion dos mil nueve de fecha dos de marzo de dos mil nueve; II. F. simple del contrato administrativo de servicios técnicos número seiscientos cincuenta y ocho guión dos mil nueve de fecha diez de junio de dos mil nueve; III. Fotocopia simple del Contrato Administrativo de Servicios Técnicos número doscientos diecisiete guion dos mil diez de fecha cuatro de enero de dos mil diez; IV. F. simple del contrato administrativo de servicios técnicos seiscientos noventa y seis guion dos mil diez de fecha uno de julio de dos mil diez; V. Fotocopia simple del Contrato Administrativo de Servicios Técnicos trescientos dieciséis guión cero veintinueve guion dos mil doce de fecha dos de enero de dos mil doce; VI. F. simple del contrato administrativo de Servicios Técnicos ciento noventa y nueve guion cero veintinueve guion dos mil doce de fecha dos de abril de dos mil doce. VII. F. simples de las pólizas de fianzas: Cero cuatrocientos dos guion sesenta y cinco mil setenta y dos de fecha diecisiete de marzo de dos mil nueve; contrato cero cuatrocientos dos guion sesenta y siete mil seiscientos treinta y dos de fecha dieciséis de junio de dos mil nueve; del contrato número doscientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta y seis de fecha cuatro de enero de dos mil diez; del contrato trescientos veinticuatro mil quinientos seis de fecha uno de junio de dos mil diez; de contrato cuatrocientos trece mil trescientos cincuenta de fecha dos de enero de dos mil doce; de contrato diez guion novecientos ocho guion cuatro mil ochocientos cuarenta de fecha diecisiete de abril de dos mil doce.B.P..Legales y Humanas.
CONSIDERANDO LEGAL:Que los artículos 2 y 106 de
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