Sentencia nº 261-2010 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Quetzaltenango, 15 de Marzo de 2011

PresidenteCalculo de la indemnización; Indemnización; Salario
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Quetzaltenango

STorresNormalSTorres2152011-05-04T14:23:00Z2011-05-04T14:23:00Z3341118764Organismo Judicial156442213111.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

15/03/2011– LABORAL

261-2010

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL YECONOMICOCOACTIVO:Quetzaltenango 15 de marzo 2011.

Se tiene a la vista para dictar sentencia, el procesoarriba identificado, promovido porAROLDOHIPOLITOMARTINEZAGUSTIN quien es vecino del municipiode este departamento deQuetzaltenango con laasesoria, procuración del estudiante J.P.G. y bajo laDirecciontécnica y auxilio delabogado CARLOSBORROMEOSACALXOTVALDES, encontra BANCO DE LOS TRABAJADORES por medio de su R.L. y actuócon laasesoriadel abogadoHERLINDOADALBERTO CARDONAZACARIAS, por la Inspección de trabajoMaritzaEugeniaMoirAlvarado deGalan.

DE LA CLASEY TIPO DE PROCESO Y OBJETO SOBRE EL QUE VERSO:

La clase de proceso es ordinario laboral, y su tipoes de cognición o conocimiento, se pretende por medio del mismo el pago de Reajuste en el pago de Indemnización y el pago del 15 % de lasutilidades netas como bonificación anual correspondiente a los últimos 6 meses

RESUMEN DELA DEMANDA:

La parte demandante al presentar su demanda indicó:a) Que inició su relación laboral con la demandada el 22 de octubre de1986 , por medio de contrato escrito, b) Que desempeñó el trabajo asistente de créditos fiduciarios con la demandada ; c) Que durantelos últimos seis meses derelación laboral devengo un salario de NUEVE MIL SETECIENTOS QUETZALESe) Que la terminación de la relación laboral se dio el día 30 DE JUNIODEL AÑO 2010 en forma directa E injustificada. Reclama Reajuste en el pagode Indemnización y pago de bonificación anual constituida por el 15 % de lasutilidades netas anuales que percibe la entidad bancaria correspondiente a losúltimos 6 meses.

RESUMEN DELA CONTESTACIÓN DE DEMANDA, RECONVENCIÓN, EXCEPCIONES OPUESTAS O INTERPUESTAS:

La parte demandada Acudió a la audiencia señaladapara el 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 I) CONTESTAEN SENTIDO NEGATIVO:manifiesta en efecto señorajuez, el actor le unió relación detrabajo con el banco de los Trabajadoresen el periodo comprendido del 22de octubre al de 1,986 al 30 de juniodel año 2010, dicha terminación fue porvoluntad del demandante, ya que este presento ante el patrono su renuncia con carácter de irrevocable, es menestermencionar señora juez que el actordurante los últimos seis meses devengoun salario de Q 4,164.58, mensuales,a su salario ordinario se lepagaba una Bonificación incentivo de Q 3,200.00 y una bonificación variable de Q 2, 180.27, estos eran los ingresos netos que el actorpercibió en el banco de losTrabajadores, durante los últimos seis meses tal como consta en lacertificación , asimismo la demandada le pago al actor la indemnización comolas prestaciones laborales que teniaderecho el actor, con el procedimiento de calculo del pacto colectivo decondiciones de trabajo celebrado entreel sindicato de trabajadores del banco ylas autoridades de dicho banco, el actor extendió a su empleador el masamplio y total eficaz finiquitolaboral, documento que acompaña a estememorial. De las excepcionesperentorias opuestas ; A) DE PAGO TOTALDE LA INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOSQUE LE CORRESPONDÍA AL DEMANDANTE por la relación de trabajo que le junio con el banco de losTrabajadores en el hecho que, noobstante que el señor actor, de manera voluntaria y de carácter de irrevocable renuncio al cargo que ocupaba, con eldemandado, le pago completamente laindemnización por el tiempo de servicios derivado de una conquista laboral conseguida por el sindicato detrabajadores de dicho banco, conquistaesta que quedo plasmado en el articulo 18 del suscrito identificado pacto colectivo de condiciones detrabajo disposición que literalmentedice, articulo 18, indemnización portiempo de servicio cuando se concluya uncontrato o relación de trabajo por voluntad dellaborante el banco le pagara la indemnización establecida en el articulo 82 código detrabajo cuyo calculo deber tomarse como base el salario ordinario el salario extraordinario y las prestaciones contenidas en los artículos 13, 30, y 31de este pacto, devengados durante los últimos seis meses,laborados por el interesado la...

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