Sentencia nº 402-2010 de Juzgado Cuarto de Trabajo, 21 de Enero de 2011

PresidenteHuelga de hecho; Declaratoria de ilegalidad de huelga; Amnistía laboral
Fecha de Resolución21 de Enero de 2011
EmisorJuzgado Cuarto de Trabajo

AlmartinezNormalAlmartinez2832012-03-09T18:21:00Z2012-03-09T18:21:00Z10365420099167472370611.9999CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4st1\:*{behavior:url(#ieooui) }/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

21/01/2011– LABORAL

402-2010

JUZGADOCUARTO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. Guatemala, veintiuno de enero de dosmil once.

Se tiene a la vista para resolver el INCIDENTEDECLARATORIA DE HUELGA DE HECHO promovido por el ESTADO DE GUATEMALA a travésdel Abogado F.A.T.G. en calidad de agente auxiliar dela Procuraduría Generaldela Naciónen contra de los TRABAJADORES DEL ÁREA DE SALUD DEL DEPARTAMENTO DE BAJAVERAPAZ representados por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE SALUD DE GUATEMALA-SNTSG-. Y.

CONSIDERANDO:I)

El personero legal del ESTADO DE GUATEMALA promueveel presente incidente argumentando que los trabajadores del Área de Salud delDepartamento de Baja Verapaz, sin haber reunido los requisitos establecidos enlas normas jurídicas contenidas en el Código de Trabajo y Ley deSindicalización y Regulación delaHuelgade los Trabajadores del Estado, relativos a ladeclaratoria de legalidad del movimiento de huelga, decidieron tomar medidas dehecho en contra de los intereses de la población en dicho lugar, al extremo detomar por la fuerza las instalaciones o edificio que ocupala DireccióndelÁrea de Salud de Salamá, B.V., así como siendo más de tres trabajadoressuspender sus labores y posteriormente abandonar la prestación de sus serviciosy lugar de prestación de los mismos; por aparte, en igual forma, impidieron eluso de las instalaciones públicas que brindan servicios esenciales de losenumerados enla Leyde Sindicalización y Regulación delaHuelgade los Trabajadores del Estado y el Código de Trabajo,afectando directamente los servicios de salud pública, no permitiendo que sebrindara a los ciudadanos los servicios esenciales de controles sanitarios,vacunación, inspecciones sanitarias, servicios médicos y hospitalarios,medicamentos, control de enfermedades por ejemplo el dengue, entre otros.Asimismo, la suspensión y abandono temporal, en forma no pacífica, se expandióa centros y puestos de salud del Área de Baja Verapaz, sin obedecer lasuspensión y abandono temporal a situaciones económico sociales, toda vez, queen el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, autoridad nominadora seencuentra vigente pacto colectivo de condiciones de trabajo, del cual aún no seencuentran negociando nuevo pacto colectivo de condiciones de trabajo. Así puesla huelga de hecho se mantuvo desde el día doce de octubre de dos mil diezhasta el día uno de diciembre de dos mil diez, habiéndose durante ese períodosuspendido y abandonado las labores, tomado por la fuerza las instalacionespropiedad del Estado de Guatemala y dejado de prestar servicios públicosesenciales de salud en el Departamento de Baja Verapaz por más de tres persona,para satisfacción de intereses personales y no colectivos comunes. De lanarración efectuada por el personero legal del Estado de Guatemala, se resumeque el señor J.D.C., coordinadorde vectores del área de salud, inició una afrenta en contra dela Directoradel Área deSalud de B.V., D.R.M.C.H., cuando el señorMinistro de Salud Pública y Asistencia Social nombra un nuevo coordinador devectores en el área de salud, lo cual desencadenó una serie de amenazas yagresiones en contra de la referida Directora hasta la toma por la fuerza de lasinstalaciones del Área de Salud de Baja Verapaz, con sede enla C.S.,paralizándose prácticamente la totalidad de los servicios de salud en el citadodepartamento, ante tal situación intervinieron autoridades como el GobernadorDepartamental, el Ministerio Público,la Procuraduríade los Derechos Humanos la cual no tuvo resultados, asimismo el Ministerio deSalud Pública y Asistencia Social, nombró una primera Comisión Ministerial lacual no alcanzó arreglos, por lo que dicha Cartera designó una nueva ComisiónMultidisciplinaria de Evaluación, Asistencia Administrativa y Técnica parala DireccióndelÁrea de Salud de Baja Verapaz, la cual tenía como único objetivo establecer laafectación causada, actualizar todas las gestiones y procedimientos, así comoestablecer un total orden, para el efectivo funcionamiento, sin perjudicar laestructura orgánica interna, con la finalidad de optimizar la prestación de losservicios de salud, por lo que deviene procedente la declaratoria de huelga dehecho, con las correspondientes declaraciones como resultado de la misma; II)Del referido incidente de confirió audiencia por el plazo de dos días a laparteincidentada, la cual evacuó argumentando quelos trabajadores del Área de Salud de Salamá, B.V...

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