Sentencia nº 3112-2007 de Juzgado Quinto de Trabajo, 19 de Mayo de 2010
Presidente | Prescripción; Procedencia de la reinstalación |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2010 |
Emisor | Juzgado Quinto de Trabajo |
STorresNormalSTorres2112011-03-24T16:59:00Z2011-03-24T16:59:00Z3185610212Organismo Judicial85241204411.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}
19/05/2010- LABORAL
3112-2007
JUZGADOQUINTO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: GUATEMALA, DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA dentro deljuicio ordinario laboral identificado en el epígrafe.
ACTOR (A): M.A.H.L., es de datosde identificación personal conocidos en autos, de este domicilio, comparecióasesorado por los AbogadosSHAYNEOCHAETAARGUETA Y MARIO ANGELREYNOSOCOCHAJIL.
DEMANDADO (A): ESTADO DE GUATEMALA A TRAVÉS DE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN (ENTE NOMINADOR PROCURADURÍA DE LOS DERECHOSHUMANOS) compareció a través su DelegadoFRANCISCO A.T.G. quienes de datos de identificación personal conocidos en autos, de estedomicilio.
OBJETO YNATURALEZA DEL JUICIO:
La naturaleza del juicio es Ordinario Laboral, con elobjeto de conocer y resolver acerca del derecho que tiene o no la partedemandante para ser REINSTALADA al cargo que desempeñaba hasta antes deldespido injustificado, así como el pago de los salarios dejados de recibirdesde el momento de su despido y demás prestaciones a que tiene derecho.
HECHOSCONTENIDOS EN LA DEMANDA:
Manifiesta la parte actora que inició relaciónlaboral con el demandado el uno de octubre del año dos mil dos, que fuedespedido en forma injustificada el dieciocho de mayo del año dos mil siete,que laboró como Auxiliar de Defensoría, que devengó un salario promedio mensualdurante los últimos seis meses de su relación laboral de nueve mil setecientossesenta quetzales y ciento cincuenta quetzales de complemento salarialmensuales. Ofreció las pruebas que estimó pertinentes e hizo sus peticiones deconformidad con la ley.
CONTESTACIÓNDE LA DEMANDA:
El demandadoen la audiencia señalada para la comparecencia de las partes a juiciooral CONTESTÓ LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO e interpuso las EXCEPCIONESPERENTORIAS DE: a) INEXISTENCIA DE PRECEPTOS LEGALES QUE FACULTEN A LAINSPECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA SER AUTORIDAD COMPETENTEPARA CONOCER Y RESOLVER QUE SE TENGA POR INTERRUMPIDA LA PRESCRIPCIÓN; b) DE LAEXCEPCIÓN PERENTORIA DE PRESCRIPCIÓN JUDICIAL, c) INEXISTENCIA DE NORMASUSTANTIVA O ADJETIVA QUE SUSTENTE LA PRETENSIÓN DE...
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