Sentencia nº 131-2006 de Sala 2ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, 19 de Junio de 2006

PresidenteTrabajo Eventual; Relación Laboral; Contrato Individual
Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorSala Segunda de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social

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19/06/2006– LABORAL

131-2006

OrdinarioLaboral 131-2006 –Magistrado Presidente- Oficial 3º. R.M. contra dela Compañía MercantilCentroamericana, S.A.

SALASEGUNDA DELA CORTE DEAPELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL:Guatemala, diecinueve de junio del año dos mil seis.

En apelación y con sus antecedentes se examina elauto de fecha trece de febrero del año en curso, dictado por el Juez Segundo deTrabajo y Previsión Social, en el Juicio Ordinario Laboral promovido por RómuloMartínBamacaen contra dela Compañía MercantilCentroamericana, Sociedad Anónima, en el que se declara: “I. CON LUGAR laexcepción dilatoria de Falta de Personalidad en el actor y Falta dePersonalidad de la entidad demandada, planteada por JuanDiedrichOltmannNiemannEngeen la calidad con que actúa, de conformidad con loantes analizado; II. N..”

CONSIDERANDO:Que para que haya relación laboral, se necesita dela existencia de patronos y trabajadores, el patrono es toda persona individualo jurídica que utiliza los servicios de uno o más trabajadores, en virtud decontrato o relación de trabajo, y trabajador es toda persona individual quepresta a un patrono servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, envirtud de contrato o relación de trabajo.CONSIDERANDO:Que el contrato individual de trabajo, sea cual fuere su denominación es elvínculo económico jurídico mediante el cual el trabajador queda obligada aprestar a otra sus servicios personales o a ejecutar una obra, personalmente, bajola dependencia continuada y dirección inmediata o delegada de esta última acambio de una retribución de cualquier clase o forma.CONSIDERANDO:Que el derecho de trabajo es realista y objetivo; loprimero, porque estudia al individuo en su realidad social y considera que pararesolver un caso determinado a base de una bien entendida equidad, esindispensable enfocar ante todo la posición económica de las partes, y losegundo...

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