Sentencia nº 2899-2012 de Juzgado Décimo Cuarto de Trabajo y Previsión Social, 6 de Septiembre de 2012
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2012 |
Emisor | Juzgado Décimo Cuarto de Trabajo y Previsión Social |
06/09/2012 – LABORAL
2899-2012
JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.Guatemala, seis de septiembre del año dos mil doce.
Se tiene a la vista para dictarSENTENCIAdel Juicio Ordinario Laboral arriba identificado, promovido porY.A.L.M.contra deEFFICIO DESIGN BUILD, SOCIEDAD ANÓNIMA. La parte actora es de datos de identificación personal conocidos en autos, de este domicilio y vecindad y quien compareció a la audiencia señalada para el efecto, asesorada por los Abogados de
LA PARTE DEMANDADANO COMPARECIÓ A JUICIO, no obstante estar debidamente notificada en tiempo y forma, de conformidad con la ley.
CLASE Y TIPO DE PROCESO:El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinaria laboral.
OBJETO DEL PROCESO:declarar el derecho de la actora al pago de las prestaciones que reclama en juicio.
DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:Manifiesta la actora que inició su relación laboral con la parte demandada el día cinco de abril del año dos mil diez, y que finalizó la misma el día catorce de febrero del año dos mil doce, como consecuencia del despido de forma verbal, directo e injustificado por parte de la demandada al puesto que venía desempeñando; que ocupó el cargo de Ayudante De Albañil, en jornada ordinaria Mixta, comprendida de lunes a viernes, de las catorce horas con treinta minutos a veintiuna horas con treinta minutos; que devengó un salario de dos mil doscientos noventa y cuatro quetzales en forma mensual, durante los últimos seis meses de la relación laboral. La actora hizo sus peticiones de trámite y de fondo de conformidad con la ley y ofreció sus medios de prueba.
D.C.D. DEMANDA:La parte demandada no compareció a la audiencia señalada para la celebración de juicio oral, no obstante haber sido legalmente notificada de la misma en tiempo y forma, de conformidad con la ley.
DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: Estuvieron sujetos a prueba los hechos consistentes en: a) La existencia de la relación laboral entre la actora y la parte demandada; b) El despido directo e injustificado que fue objeto la actora, por parte de la demandada; c) La omisión por parte de la demandada del pago de las prestaciones laborales reclamadas por la actora y el derecho de ésta a que se le haga efectivo el pago de las mismas.
DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS, APORTADAS Y DILIGENCIADAS:PORLA PARTE ACTORA:1) DOCUMENTAL:APORTADA PORLA...
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