Sentencia nº 12-2011 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Huehuetenango, 4 de Marzo de 2011

PresidenteDeclaración de rebeldía; Confesión ficta
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Huehuetenango

STorresNormalSTorres2102011-04-25T15:19:00Z2011-04-25T15:19:00Z3429423622Organismo Judicial196552786111.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

04/03/2011– LABORAL

12-2011

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIALDE LA CIUDAD DEHUEHUETENANGO; CUATRO DE MARZODE DOS MIL ONCE.

Se tiene a la vista para dictar sentencia del JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO DIRECTOE INJUSTIFICADO, PAGO DE PRESTACIONES LABORALES promovido por:R.L.M., en contra del señorMARTINNICOLASSEGUNDO,propietario de CENTRO DE CONVENCIONES CALIFORNIA. Las partes son hábiles paracomparecer a juicio. El actor actúa bajo su propio auxilio y dirección y recibenotificaciones en segunda avenida final de la Colina Puntarenas zona siete dela ciudad deHuehuetenango. El demandado no señalólugar para recibir notificaciones toda vezque no compareció a juicio. Se señalo audiencia para que las partescomparecieran a juicio, para el día dos de marzo del año dos once a las nuevehoras, en donde la parte demandada no obstanteencontrarse legalmente notificada para comparecer a la audienciaseñalada, no asistió a la misma, sin justificar su inasistencia y analizado el procedimiento deviene:

CLASE YTIPO DE JUICIO:

Por la naturaleza el asunto se ventiló dentro de losjuicios de conocimiento, específicamente la Vía Ordinaria Laboral.

OBJETO DELJUICIO:

Es el pago de las prestaciones laborales: INDEMNIZACIÓN,VACACIONES, AGUINALDO, BONIFICACIÓN ANUAL.

DELCONTENIDO DE LA DEMANDA:

Con fecha: dos de febrero del año dos mil once, laparte actora presenta en este Juzgado demanda en la Vía Ordinaria Laboral pordespido directo e injustificado, pago deprestaciones laborales, en contra del señorMARTINNICOLASSEGUNDO, propietario de CENTRO DE CONVENCIONESCALIFORNIA: dándosele trámite legal correspondiente el día dos de febrero del año dos mil once,en la demanda hizo exposición de hechos, ofreció pruebas y realizó su peticiónconforme a derecho, manifestando que: laboro para el señorMARTINNICOLASSEGUNDO, propietario de CENTRO DECONVENCIONES CALIFORNIA, por el período comprendido del quince de octubre delaño dos mil nueve al diecinueve deoctubre del año dos mil diez, en el puesto de mesero, por medio de contratoverbal, devengue un salario mensual de un mil setecientos tres quetzales contreinta y tres centavos, en un primer turno con horario de siete horas a quincehoras, y el segundo turno era de quince horas a veintitrés horas, (turnosrotativo, en virtud de que una semana trabajaba en el primer turno y la otrasemana en el segundo turno) de martes a domingo de cada semana, fui despedidoen forma directa e injustificada por mi ex patrono, señorMARTINNICOLASSEGUNDO, propietario de CENTRO DECONVENCIONES CALIFORNIA, el día diecinueve de octubre del año dos mil diez, sinrazón alguna, sin haber recibido mis prestaciones que de conformidad con la leytengo derecho, como lo puedo establecercon la hoja de calculo de prestaciones laborales que acompaño a la presente, sepuede establecer la cantidad de dinero que el señorMARTINNICOLASSEGUNDO, propietario de CENTRO DECONVENCIONES CALIFORNIA, me adeuda, dicha hoja de calculo tiene fecha cuatro de enero del año dos mil once,efectuada en la Inspección de trabajo de esta ciudad deHuehuetenango,por la Inspectora de trabajo ThelmaNoemí Sales Minera. Así también para asegurar las resultas del juicio solicitoatentamente al señor juez que se decrete el Embargo Precautorio sobre lascuentas bancarias de depósito monetario que pudiera tener el señorMARTINNICOLASSEGUNDO,propietario de CENTRO DE CONVENCIONES CALIFORNIA, enviándose los oficios atodos los bancos del sistema, fundamentándome en el segundo párrafo delartículo 332 del Código de Trabajo que literalmente dice “En la demanda puedensolicitarse las medidas precautorias, bastando para el efecto, acreditando lanecesidad de la medida.”; al tenor del artículo citado puedo manifestar que lanecesidad que tengo para solicitar dicha medida, es que actualmente seencuentra desempleado y como es de su conocimiento en el tiempo en el queestamos viviendo se hace necesario el trabajo para poder subsistir. Situaciónestá que me ahorrillo a acudir y a plantear en este Juzgado, la presentedemanda Ordinaria Laboral. Ante esa situación y a consecuencia de lafinalización de la relación laboral, reclamo las siguientes prestaciones:INDEMNIZACION: Correspondiente al tiempo laborado; VACACIONES: Correspondiente a los mes denoviembre y diciembre; AGUINALDO: Correspondiente al tiempo laborado;BONIFICACIONANUAL: Correspondiente al tiempo laborado;DAÑOS Y PERJUICIOS: Que corresponden a los Salarios que he dejado de percibir,desde el momento del despido hasta el pago de la Indemnización, hasta un máximode doce meses de Salario. Solicitando en su petición de fondo lo siguiente: A).Que llegado el momento procesal se declare CON LUGAR EL JUICIO ORDINARIOLABORAL POR DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO, Y PAGO DE PRESTACIONES LABORALES,y consecuentemente se condene al el señorMARTINNICOLASSEGUNDO, propietario de CENTRO DE CONVENCIONESCALIFORNIA, al pago de lasprestaciones laborales, reclamadaslas cuales seespecifican así:INDEMNIZACION: Correspondiente al tiempo laborado; VACACIONES: Correspondiente a los mes denoviembre y diciembre; AGUINALDO: Correspondiente al tiempo laborado;BONIFICACIONANUAL: Correspondiente al tiempo laborado;DAÑOS Y PERJUICIOS: Que corresponden a los Salarios que he...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR