Sentencia nº 3300-2007 de Juzgado Quinto de Trabajo, 30 de Septiembre de 2008
Presidente | Pensión por viudez |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Juzgado Quinto de Trabajo |
STorresNormalSTorres262009-07-01T18:26:00Z2009-07-01T18:26:00Z317179446Organismo Judicial78221114111.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4st1\:*{behavior:url(#ieooui) }/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}
30/09/2008– LABORAL
3300-2007
ORDINARIO L.. 1088-2007-3300 Of.Not. 4º.
JUZGADOQUINTO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: GUATEMALA, TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOSMIL OCHO.
Se tiene a lavista para dictar SENTENCIA dentro del procedimiento ordinario laboral. LA PARTE DEMANDANTE:GLORIA I.F.D., es de datos de identificación personal conocidosen autos, de este domicilio y vecindad, es asesorada por el Abogado Marco TulioCastilloLutin.
LAPARTE DEMANDADA:INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRIFICACIÓN, compareció a travésla A.E.M., en su calidad de MandatariaEspecial Judicial y Administrativa con Representación, quién es de datos deidentificación personal conocidos en autos, de este domicilio y vecindad,compareció con su propia dirección yprocuración y ladela Abogada AuraLeticiaNajarroFlores.
OBJETO Y NATURALEZA DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO: Elpresente proceso es Ordinario Laboral, con el objeto que se declare NULA laresolución de fecha nueve de Mayo de dos mil siete, contenida en el puntosegundo del acta número ocho guión dos mil siete, correspondiente a la sesiónde fecha nueve de mayo de dos mil siete, por el Comité de Administración yControl del Fondo de Pensiones para el Personal delINDEy el derecho que tiene o no la parte demandante de pensión por viudez, sindisminuir o suprimir la pensión que goza por edad y tiempo de servicio.
DEL ESTUDIODE LOS AUTOS SE DESPRENDEN LOS RESÚMENES SIGUIENTES:
DELADEMANDA: Expone la parte actora que actualmente es Jubilada apartir del cuatro de junio de do mil, recibiendo pensión por edad y tiempo deservicio por la cantidad de ochocientos setenta y seis quetzales con noventa yseis centavos por parte del Fondo de Pensiones para el Personal del InstitutoNacional de Electrificación y que a su esposo R.A. de P.F.,también se le otorgó una pensión por edad y tiempo de servicio por la cantidadde ochocientos veintidós quetzales con cuarenta y cinco centavos, a...
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