Sentencia nº 12-2010 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Jutiapa, 26 de Julio de 2010

PresidenteDespido injustificado; Confesión ficta; Declaración de rebeldía
Fecha de Resolución26 de Julio de 2010
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Jutiapa

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26/07/2010– LABORAL

12-2010

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTODE JUTIAPA.J., veintiséis dejulio de dos mil diez.

Para dictar sentencia se tiene a la vista el procesoidentificado como número doce guión dosmil diez, a cargo del oficial cuarto, promovido por la señora SIDA MARIBELHERRERAPEÑATE,en contra de LA ENTIDAD INSTITUTO DE EDUCACIÓNBASICAPOR COOPERATIVAATESCATEMPA, JUTIAPA, a través de surepresentante Legal. La actora tiene su domicilio en este departamento, y vecina del Municipio deAtescatempa, Departamento de Jutiapa, y compareció, bajo la Dirección y Procuración del abogado F.M.M., la parte demandadano compareció a juicio.

CLASE YTIPO DE PROCESO, Y OBJETO SOBRE EL QUE VERSÓ:

El presente es un proceso de conocimiento, tipoordinario laboral, que versó sobre la pretensión de la actora, de que el demandado le pruebe lajusta causa en que se basó su despido, yle cancele las prestaciones que según afirma le adeuda.

RESUMEN DELA DEMANDA:

Lo expuesto por laactora se resume así: I) DE LA RELACIÓN LABORAL: La parte Actora indicaque inicio su relación Laboral el dieciocho de febrero del año mil novecientosnoventa y cinco, finalizando la relación Laboral el treinta y uno de enero delaño dos mil diez, por despido directo injustificada, toda vez que el señorAlcalde Municipal la obligó a presentar la renuncia, y que acude a este ÓrganoJurisdiccional, para que le paguen sus prestaciones, teniendo una relaciónlaboral de cinco mil ochocientosveintidós días.

DEL TRABAJO DESEMPEÑADO, SALARIO DEVENGADO, Y JORNADADE TRABAJO: Que laboró para la Entidad Demandada, inicialmente con el cargo deCatedrática de estudios sociales y finalizó con el cargo de Directora TécnicoAdministrativa devengando un salario de DOS MIL QUETZALES, no incluyendoBONIFICACIÓN INCENTIVO, DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS: reclamael pago de: a) INDEMNIZACIÓN:La cantidad de, TREINTA Y SIETE MILDOSCIENTOSVEINTITRESQUETZALES CON NUEVE CENTAVOS.b) AGUINALDO: Por la cantidad de TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS QUETZALES CONSESENTA Y SEIS CENTAVOS. c) BONIFICACIÓNANUAL: TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS QUETZALES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS, d)BONIFICACIÓN INCENTIVO: SEIS MIL QUETZALES.e) SALARIOS PENDIENTES: DOS MIL QUETZALES, correspondiente al mes deenero del año dos mil diez, f) VACACIONES: Por los periodos de enero del añodos mil cinco al treinta y uno de enero...

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