Sentencia nº 8-2008 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Jutiapa, 26 de Mayo de 2008

PresidenteDespido en período de prueba; Contrato por tiempo indefinido
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Jutiapa

STorresNormalSTorres262009-07-15T18:19:00Z2009-07-15T18:19:00Z3242413334Organismo Judicial111311572711.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4st1\:*{behavior:url(#ieooui) }/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

26/05/2008– LABORAL

8-2008

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTODE JUTIAPA.Jutiapa, veintiséis deMayo del año dos mil ocho.

Se tiene a la vista para dictar sentencia elproceso ORDINARIO LABORAL, promovido porJUAN F.M.J., M.L.F.R.Y.C.D., en contra delaMUNICIPALIDAD DEJEREZ, de este departamento. La parte actorase hizo procurar, asesorar y dirigir por el AbogadoADANSARCEÑOMENDEZ, la entidaddemandada Municipalidad del municipio de Jerez, departamento de Jutiapa, pormedio de su representante legal, señor C.E.M.T., comparecióa juicio con el auxilio profesional del Abogado FRANCISCOLIDANYMARTINEZ CUEVAS y del estudio de los autos se obtienen los siguientesresúmenes:

RESUMEN DELA DEMANDA:

La parte demandante en su demanda expone: I) DELARELACIONLABORAL: La municipalidad de Jerez, Jutiapa, contrató susservicios, el dos de enero de dos mil ocho, y sin motivo ni causa justa fuerondespedidos el dos de febrero de dos mil ocho.Que de conformidad con los contratos suscritos, la municipalidad estáobligada al pago de correspondiente al período pendiente de laborar, por lo quereclaman. El salario retenido y los salarios pendi9entes de pago porrompimiento unilateral, del contrato por parte del patrono.II)DEL SALARIO DEVENGADO: J.F.M.J., como Director Técnico yAdministrativo, tres mil quetzales mensuales, y como docente un mil ochocientos quetzales mensuales. M.F.R.: un salario de tres mil quetzales mensuales. BELSYNINETHGONZALEZ CASTRO DE URRUTIA. Dos mil ochocientosquetzales. I.D.T.D.R.. Los tresdemandantes fueron contratados el dos de enero de dos mil ocho, para un plazohasta el treinta y uno de octubre de dos mil ocho. Como docentes, y en el casode J.F.M.J., como director, hasta el treinta de noviembrede dos mil ocho. El dos de febrero de dos mil ocho, fueron despedidos sinmotivo alguno, en forma directa e injustificada.IV)DELA VÍAADMINISTRATIVA: Esta se agotó el trece de febrero de dos mil ocho. V) DE LORECLAMADO: J.F.M.J., reclama: a) Salario retenido y salariopendiente de pago por rompimiento del contrato de trabajo antes del plazopactado, por once meses; b) Indemnizaciónpor once meses; c) B. anual por once meses; c) A.; d)Vacaciones por once meses; Bonificación Incentivo, por once meses. La mismapersona reclama por el contrato como docente,idénticas prestaciones, pero por correspondientes a diez meses. M.L.F.R.: a) Salarioretenido de uno mes, y nueve meses de salario pendiente por rompimiento delcontrato; b) Indemnización; c) Bonificación anual; d) A.; e) Vacaciones, f) Bonificación Incentivo. BELSYNINETHGONZALEZ CASTRO DE URRUTIA: a) Salario retenido ysalario pendiente de pago; b)Indemnización; c)...

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