Sentencia nº 340-2001 de Sala 4ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, 21 de Marzo de 2002

PresidenteFelipe Encarnación Tzoc Cul; Agro Empresa Las Esperanzas; Conflicto Colectivo
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2002
EmisorSala Cuarta de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social

LJuarezNormalLJuarez212006-08-30T17:51:00Z2006-08-30T17:51:00Z29355144Organismo Judicial4212606711.560621falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4st1\:*{behavior:url(#ieooui) }/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}

21/03/2002-Trabajo

CONFLICTO COLECTIVO 340-2001 Of.1º.-

SALACUARTA DELA CORTE DEAPELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, MAZATENANGO SUCHITEPEQUEZ, VEINTIUNODE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOS.

Enapelacióny con sus respectivosantecedentes, se examina la sentencia de fecha ocho de noviembre del año dosmil uno, dictada por el Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Socialy de Familia de Retalhuleu, dentro del Conflicto Colectivo promovido por losseñores J.A.M., MARTINAJANEL MACARIO Y FELIPE ENCARNACION TZOC CUL en la calidad con que actúan encontra de AGRO EMPRESA LAS ESPERANZAS SOCIEDAD ANONIMA.

RESUMENDELA SENTENCIARECURRIDA: El Juezde primer grado al resolver declaró: I) CONCLUIDO el Conflicto Colectivo inventariadoen este juzgado con el número cuarenta y siete diagonal dos mil, planteado porJUAN AJANEL MACARIO, F.E.T. CUL y M.A.M., en lacalidad con que actúan, en contra de la empleadora AGRO-EMPRESA “LASESPERANZAS”, SOCIEDAD ANÓNIMA. a través de su representante legal, por lasrazones anotadas; II) En consecuencia, SE LEVANTAN LAS PREVENCIONES contenidasen la resolución dictada por este mismo juzgado con fecha cuatro de mayo deldos mil, específicamente en sus numerales V y VI; III) Notifíquese.-

PUNTOSOBJETO DEL PROCESO:Establecer si laresolución venida en grado se encuentra o no ajustada a derecho.

DE LOSALEGATOS DE LAS PARTES:En estainstancia la parte recurrente no evacuó la audiencia conferida para expresarlos motivos de su inconformidad y en el día señalado para la vista ambas partespresentaron su alegato respectivo.

CONSIDERANDO:Que en virtud del recurso de apelación planteado porlos señores J.A.M., F.E.T. CUL y M.A.M.,en su calidad de Delegados de la parte trabajadora y personeros del Sindicatode trabajadores de Agro-Empresa Las Esperanzas, Sociedad Anónima, se procede aexaminar la resolución proferida con fecha ocho de noviembre del año dos miluno por el Juez de...

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