Sentencia nº 309-2006 de Sala 3ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, 10 de Agosto de 2006
Presidente | carrera judicial; destitución |
Fecha de Resolución | 10 de Agosto de 2006 |
Emisor | Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social |
LJuarezNormalLJuarez212007-10-30T18:54:00Z2007-10-30T18:54:00Z3512028164Organismo Judicial234663321811.5606CleanClean216 pto22falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4st1\:*{behavior:url(#ieooui) }/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}10/08/2006 - AMPARO309-2006
SALA TERCERA DELA CORTE DEAPELACIONES DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL CONSTITUIDA EN TRIBUNAL DE AMPARO.Guatemala, diez de agosto del dos mil seis.
Se tiene a la vista para dictar sentenciala acción constitucional de amparo cuyas referencias son las siguientes:
SOLICITANTE:R.S.S. quien actúa bajo ladirección y procuración del Abogado V.M. de León Cano.
ANTECEDENTES:Con fecha veinticuatro de octubre del dos mil cinco,la señoritaKareenLisbethLeeVillela, interpuso antela JuntadeDisciplina Judicial denuncia en contra del recurrente; posteriormente, ladenuncia fue remitida a
I. AUTORIDADES IMPUGNADAS: JUNTADE DISCIPLINA JUDICIAL Y CONSEJO DELA CARRERA JUDICIAL.
TERCEROS INTERESADOS:a) Fiscalía de Amparos y AsuntosConstitucionales del Ministerio Público: b) SeñoritaKareenLisbethLeeVillela; c)Supervisión General de Tribunales.
II. ACTO RECLAMADO:En el caso de análisis el postulanteplantea como actos reclamados: A) La resolución dela JUNTA DEDISCIPLINA JUDICIAL de fecha veintisiete de enero de dos mil seis, por medio dela cual declara: I) CON LUGAR la denuncia promovida por K.L.L., en contra del Abogado R.S.S., en la calidad de JUEZQUINTO DE PAZ DEL RAMO CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA...”; y B) Laresolución del CONSEJO DELA CARRERA J. fecha dos de mayo de dos mil seis, por medio de la cual declara: I.R. resolución impugnada dejándola sin ningún valor ni efectos legales; II. CONLUGAR el Recurso de Apelación interpuesto porKareenLisbethLeeVillelacontra la resoluciónemitida porla JuntadeDisciplina con fecha veintisiete de enero de dos mil seis como parte delexpediente administrativo número quinientos tres guión dos mil cinco; III. Q.A.R.S.S., es autor responsable de DOS FALTAS GRAVES porlo que se le sanciona con CUARENTA DÍAS de suspensión de sus labores sin gocede salario a razón de VEINTE DÍAS por cada una de ellas; IV. Que el nombrado esautor responsable de una FALTA GRAVÍSIMA, consistente en COACCIÓN LABORAL, porlo que se le sanciona con DESTITUCIÓN del cargo que ha venido desempeñando,oficiándose ala Corte Supremade Justicia y debiendo dejarse constancia en el registro personal respectivo;V. quedichasfaltas fueron cometidas en contra de la denuncianteKareenLisbethLeeVillela;..”.
III. VIOLACIÓN QUE SE DENUNCIA: Elrecurrente argumenta que con laresoluciones impugnadas, Se violaron sus derechos al debido proceso, de defensay presunción de Inocencia establecidas en
IV. EXTRACTO DE ARGUMENTACIONES: 1.-ElAmparista: a) En relación al Consejo dela Carrera Judicial:Que la autoridad impugnada, se constituyo en Tribunal especial, al haberlodeclarado responsable como autor de dos tipos penales descritos en el CódigoPenal, que aunque no se haya impuesto las sanciones establecidas en el CódigoPenal, se efectuó una declaración de responsabilidad como autor, lo cualconstituye una violación al derecho constitucional de defensa consagrado en elartículo 12 de
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