Sentencia nº 15-2010 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Jalapa, 23 de Septiembre de 2010

PresidenteFiniquito; Declaración de rebeldía
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Jalapa

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23/09/2010– LABORAL

15-2010

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DEJALAPA. JALAPA, VEINTITRÉS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA el juicioordinario laboral promovido porPRUDENCIO V.V.G. encontra de CONSTRUCTORACONCIENSOCIEDAD ANÓNIMA,El demandante es de este domicilio y vecino del municipio de Jalapa, deldepartamento de J., compareció bajo la dirección del abogadoRonyEstuardo DuarteRecinos,quien en el curso del proceso fue sustituido por el licenciado C.O., y procuración de la pasante de launiversidad de San Carlos de Guatemala, M.C..

OBJETO YNATURALEZA DEL JUICIO:

La demandante pretende que a través del presentejuicio ordinario laboral se condene a la demandada al pago de las prestacioneslaborales siguientes: a) BonificaciónAnual, A., y Vacaciones;

DE LOSHECHOS EXPUESTOS EN LA DEMANDA:

DE LA RELACIÓN LABORAL Y DEL DESPIDO: Inició surelación laboral con la constructoraCONCIENSOCIEDADANÓNIMA, el dos de marzo del año dos mil dos, siendo despedido en forma directae injustificada el día cuatro de febrero del año dos mil diez.

DEL TRABAJO REALIZADO Y SALARIO DEVENGADO: Trabajó para la demandada como instalador deServicio Técnico, en el municipio y departamento de Jalapa, devengando unsalario de un mil setecientos cincuenta quetzales exactos, mas una bonificaciónincentivo de doscientos cincuenta quetzales exactos, asiendo un total de dosmil quetzales exactos.

DE LA JORNADA DE TRABAJO: D. tiempo laboró para laempresa demandada, tuvo un horario de trabajo de siete horas a las dieciochohoras de lunes a sábado.

MOTIVO DEL DESPIDO: Fue despedido en forma directa einjustificada por el representante legal AlexGamalielCienfuegos Cordón, indicando que ya no había trabajo en ese lugar y que por esarazón ya no necesitaba de sus servicios.

DE LAVIACONCILIATORIA: Por el despido directode que fue objeto acudió a la Delegación...

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