Sentencia nº 16-2009 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de La Democracia, Huehuetenango, 19 de Mayo de 2010
Presidente | Exhibición de documentos; Despido indirecto; Improcedencia de daños y perjuicios |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2010 |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia de Trabajo de La Democracia, Huehuetenango |
STorresNormalSTorres262011-06-30T17:29:00Z2011-06-30T17:29:00Z3221612193Organismo Judicial101281438111.5606CleanClean21falsefalsefalseMicrosoftInternetExplorer4/* Style Definitions */table.MsoNormalTable{mso-style-name:"Tabla normal";mso-tstyle-rowband-size:0;mso-tstyle-colband-size:0;mso-style-noshow:yes;mso-style-parent:"";mso-padding-alt:0cm 5.4pt 0cm 5.4pt;mso-para-margin:0cm;mso-para-margin-bottom:.0001pt;mso-pagination:widow-orphan;font-size:10.0pt;font-family:"Times New Roman";mso-ansi-language:#0400;mso-fareast-language:#0400;mso-bidi-language:#0400;}
19/05/2010– LABORAL
16-2009
JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: MUNICIPIO DE LA DEMOCRACIA,DEPARTAMENTO DEHUEHUETENANGO, DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.
Se tiene a la vista para dictar sentencia dentro delJUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO INDIRECTO, PAGO DE SALARIO Y PRESTACIONESRETENIDAS que promueve C.G.R. contra P. través de su representante legal CLAUDIO DE L.L.. El demandante actúocon el auxilio, dirección y procuración de la abogada ELIZABETHARMINDACALDERONVASCONCELOSDE MONTT. El demandado compareció sin elauxilio de abogado y, del estudio de losautos se obtienen los siguientes resúmenes:
CLASE YTIPO DE JUICIO:
La clase de proceso es ordinario laboral y su tipo esde cognición o conocimiento. Se pretende mediante el mismo la declaración delderecho que el actor afirma tener sobreel pago de salarios retenidos, así como las prestaciones de: indemnización portiempo servido, aguinaldo, bonificación anual para trabajadores del sectorprivado y público, vacaciones proporcionales, reclamo el pago de daños yperjuicios, pago de las costas judiciales.
OBJETO DELJUICIO:
El demandantepretende el pago Salarios, indemnización por tiempo servido, A. yBonificación anual para trabajadores del sector privado y público,vacacionesproporcionales, reclamo el pago de daños yperjuicios y pago de costas judiciales.
RESUMEN DELA DEMANDA:
Indico el demandante que inició su relación con laentidad demandada proyectoKAIBILBALAMel uno de octubre del año dos mil ocho, por medio de contratodetrabajo, relación laboral que dio por terminada debidoa que durante tres meses no le pagó elsalario establecido. Durante el tiempo que laboro en dicha entidad desempeñó elcargo deFACILITADORINSTITUCIONAL en la jurisdiccióndel municipio de La Democracia, de éste departamento devengando un salariomensual de TRES MIL QUETZALES, en una jornada ordinaria diurna de las ocho alas diecisiete horas de lunes a viernes, no existió estipulación en cuanto ahoras extraordinarias, finalizando la relación laboral el día dos de febrerodel año dos mil nueve, por medio de despido indirecto, debido a que se dio pordespedido en virtud que no se le cancelaron los salarios de los meses de noviembrey diciembre del año dos mil ocho y enero del año dos mil nueve.
DELDESARROLLO DE LA AUDIENCIA:
Una vez admitida la demanda para su trámiterespectivo y habiendo sido notificada la demandada, se señaló la audiencia deldía DOCE DE MAYO DE DOS MIL DIEZ, a lasDIEZ HORAS, para la celebración del juicio oral, con las formalidadesconsiguientes, habiendo comparecido ambas partes, oportunidad procesal en laque la parte demandada contestó en sentido negativo la demanda incoada en sucontra.
DE...
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