Sentencia nº 51-2005 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Quetzaltenango, 18 de Abril de 2007

PresidenteAutorización para el Despido; Reinstalación; Inamovilidad Laboral
Fecha de Resolución18 de Abril de 2007
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Quetzaltenango

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18/04/2007– LABORAL

51-2005

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE LO ECONÓMICO COACTIVO,QUETZALTENANGO. DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.

Se tiene a la vista para dictar sentencia el JuicioOrdinario Laboral instaurado por el señorJOSECHAY XIVIRvecino del Municipio deZunilde éstedepartamento, en contra delaMUNICIPALIDAD DELMUNICIPIO DE ZUNILdel departamento deQuetzaltenango, por medio de su Representante legal. Entidad que no comparecióa juicio.

CLASE YTIPO DE PROCESO Y OBJETO SOBRE EL QUE VERSO:La clase de juicio es Ordinario Laboral y su tipo de cognición o deconocimiento, se pretende mediante la substanciación del mismo, el obtener ladeclaración judicial sobre el derecho que el actor dice le asiste, para obtenersu reinstalación.

RESUMEN DELMEMORIAL DE DEMANDA. El actor manifestó en su memorial de demandaque inició su relación laboral conla Municipalidadempleadora con fecha veinte deAbril del año mil novecientos setenta yocho mediante Acuerdo Municipal, desempeñando el cargo de fontanero municipal,ejecutando sus labores en diferentes áreas y lugares en donde le fueradesignado. Devengando un salario durante los últimos seis meses de la relaciónlaboral de UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA QUETZALES MENSUALES, terminando larelación laboral en forma unilateral y sin cumplir con los requisitos queestablece el artículo 380 del Código de Trabajo , toda vez que como consta enéste Tribunal la referida Municipalidad se encuentra emplazada a raíz de habersepromovido en su contra el correspondiente Conflicto Colectivo de CarácterEconómico Social, por lo tanto el despido del que fue objeto es nulo. DELA REINSTALACION. Deconformidad con lo manifestado solicitó su reinstalación como empleado dela M., en virtud de quelaLeyes clara al indicar “Que toda terminación de la relaciónlaboral debe ser autorizada por el respectivo órgano jurisdiccional “, y...

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