Sentencia nº 169-2013 de Juzgado Quinto de Trabajo y Previsión Social, 29 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2013
EmisorJuzgado Quinto de Trabajo y Previsión Social

29/08/2013 – LABORAL

169-2013

JOL. 01173-2013-0169. OF. 1.

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. GUATEMALA, VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA dentro del Juicio Ordinario Laboral promovido porG. AMPARO GUERRA LEMUSen contra delEstado de Guatemala.La parte actora compareció a juicio ordinario laboral. Mientras que la parte demandada compareció por medio del Representante Legal del Estado de Guatemala H.K.M.Z..

OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO:La parte actora pretende que a través del presente juicio ordinario laboral que la parte demandada le cancele las siguientes prestaciones: a) Indemnización; b) Vacaciones; c) B. anual para los trabajadores del sector privado y público; d) B.M.; e) A.; f) B. por antigüedad real; g) Horas Extraordinarias; h) Ventajas económicas; i) Daños y Perjuicios.

RESUMEN DEL PROCESO DEL CONTENIDO DELA DEMANDA:La parte actora expuso lo siguiente: a) inicio relación laboral el día dos de mayo del año dos mil ocho; b) finalizo la misma el día doce de diciembre del año dos mil doce; c) desempeño el puesto de Jefe del Área Jurídico laboral hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, luego fue trasladada ala Planta Centraldel Ministerios de Salud Pública y Asistencia Social en el cargo de Asesora Jurídica y a cargo dela Unidadde Registro de Bienes Inmuebles del Ministerio de Salud; d) que la jornada de trabajo fue ordinaria diurna en el horario de ocho horas a dieciséis treinta horas de lunes a viernes; e) el salario promedio mensual devengado fue de doce mil quetzales; f) que al haber sido despedida en forma directa e injustificada reclama el pago de las prestaciones relacionadas y por los periodos indicados en la demanda. Ofreció sus medios de prueba e hizo su petición de trámite y de fondo.

DELA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA:la entidad demandada ESTADO DE GUATEMALAcontesto la demanda en sentido negativo oponiéndose a las pretensiones de la actora y argumentando que a la misma no le asisten los derechos que reclama, pues no existió una relación laboral entre la entidad demandada y la actora, en virtud que la actora fue contratada por el Estado de Guatemala para la prestación de servicios profesionales de trabajo a plazo fijo por medio de contratos administrativos por lo que no procede el pago de Indemnización y demás prestaciones laborales a la actora. Asimismo planteóla Excepción Perentoriade “PRESCRIPCION”.DELA EXCEPCIÓN PERENTORIADE “PRESCRIPCIÓN”:en cuanto al pago de B. Para Trabajadores del Sector Privado y Público, A. y Vacaciones, argumenta la entidad demandada que según el artículo 27 deLa Leyde Salarios dela Administración Pública, “P. en dos años, que se contarán a partir del momento en que debió hacerse efectivo el pago, las acciones de cobro de honorarios, sueldos o salarios, dietas y cualquier otra retribución por servicios personales prestados al Estado y sus instituciones”, por lo que a la parte actora en todo caso le correspondería únicamente el pago de dos períodos de las prestaciones laborales de B. Anual Para los Trabajadores del Sector Privado y Público, A. y Vacaciones.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL PROCESO: Por la parte actora:a) Documental. b) Exhibición de documentos.Por la parte demandada:a) Documental. b) Presunciones legales y humanas. c) Informes.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA:a) Si existió o no relación laboral entre las partes; b) Si existió o no relación de servicios profesionales de trabajo a plazo fijo. c) Si existió despido directo e injustificado; c) Si como consecuencia de la relación laboral tiene el actor derecho del pago de las prestaciones laborales que solicita en la demanda.

CONSIDERANDO:“…Las sentencias se dictaran en forma clara y precisa…”; “Las Excepciones Perentorias se interpondrán con la contestación de la demanda…”.I)En el presente caso de análisis de conformidad con las constancias procesales, este Tribunal previamente dado a que la entidad demandada negó la relación laboral procede a analizar si efectivamente existió una relación de contratos administrativos de servicios profesionales de trabajo a...

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