Sentencia nº 96-2013 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz, 7 de Agosto de 2013

PresidenteExhibición de Documentos; Contrato de Trabajo; Despido Injustificado
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2013
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz

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07/08/2013- LABORAL

96-2013

JUZGADO DEPRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO YPREVISIONSOCIAL Y DELO ECONÓMICO COACTIVO, ALTA VERAPAZ;COBAN, SIETE DEAGOSTO DE DOS MIL TRECE.

Se tiene a la vista para dictar sentencia elexpediente laboral arriba identificado, promovido porSALOMONCHEN JAen contra delaMUNICIPALIDAD DECOBAN, ALTA VERAPAZ,a través de surepresentante legal. La parte demandante actuó con la asesoría del abogadoHerbertGeovanyAlvarado B.; por parte de laentidad demandada, su representante legal, compareció con la asesoría delabogado J.O.C. Contreras.El objeto del presente juicio esel pago de las siguientes prestaciones: a) indemnización, b) aguinaldo, c)bonificación incentivo, d) compensación de vacaciones y e) daños y perjuicios yf) horas extraordinarias.

R. memorial de demanda:indicóel actor que inició relación laboralmediante contrato individual de trabajo escrito e indefinido con la entidaddemandada, el dos de junio de mil novecientos noventa y ocho; que laboró comoguardián del mercado municipal, en jornada de lunes a domingo, por turnos deveinticuatro horas de trabajo por veinticuatro de descanso; devengaba unsalario promedio mensual de dos mil ciento sesenta y cinco quetzales con cinco centavos;la relación laboral finalizó el quincede mayo del año dos mil trece, por despido directo e injustificado, hecho porel representante legal de la municipalidad demandada, por lo que solicita quesu demanda sea declarada con lugar y se condene a la entidad demandada al pagode las prestaciones laborales siguientes: a) Indemnización, b) aguinaldo, c)bonificación incentivo, d) compensación de vacaciones, e) daños y perjuicios yf) horas extraordinarias.

De laaudiencia de juicio oral y contestación de la demanda:con fecha veinte de junio del año dos mil trece, secelebró la audiencia de juicio oral respectiva, en la cual únicamentecompareció el actor, no así la parte demandada, no obstante...

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