Sentencia nº 4895-2013 de Juzgado Quinto de Trabajo y Previsión Social, 18 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado Quinto de Trabajo y Previsión Social

18/02/2014 – LABORAL

4895-2013

ORDINARIO LABORAL 1173-2013-04895 OFICIAL 2º

JUZGADO QUINTO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA. GUATEMALA, DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE. Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA dentro del juicio ordinario laboral identificado en el epígrafe, promovido por J.A.S. CASTILLO contra EL ESTADO DE GUATEMALA a través dela PROCURADURÍA GENERALDELA NACIÓN. La parte actora es de datos de identificación personal conocidos en autos, de este domicilio, quien compareció a la audiencia de juicio oral fijada, asesorado por el Abogado V.M.A.C.S.. Por la parte demandada Estado de Guatemala, compareció el abogado F.A.T.G. en calidad de REPRESENTANTE LEGAL, quien compareció bajo su propio auxilio

OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO: La naturaleza del juicio es Ordinario Laboral, con el objeto de conocer y resolver acerca del derecho que tiene o no la parte demandante para reclamar: VACACIONES, BONIFICACIÓN ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, AGUINALDO y BONIFICACIÓN MENSUAL CONTENIDA EN EL DECRETO 37-2001 DEL CONGRESO DELA REPÚBLICA.

HECHOS CONTENIDOS ENLA DEMANDA: Manifiesta la parte actora que inició relación laboral con el Estado de Guatemala, Dirección General de Protección y Seguridad Vial (PROVIAL), dependencia adscrita ala Dirección Generalde Transportes del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, el dieciséis de abril del año dos mil siete, misma que finalizó el treinta y uno de enero del año dos mil trece, por renuncia presentada, laboró en el puesto de BRIGADA DE PROTECCIÓN VIAL DELA DIRECCIÓN GENERALDE PROTECCIÓN DE SEGURIDAD VIAL, la jornada de trabajo fue especial pues era realizada por turnos de trabajo de ocho días laborados por ocho días de descanso, devengando un salario de CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE QUETZALES EXACTOS. Ofreció las pruebas que estimó pertinentes e hizo sus peticiones de conformidad con la ley. D.C.D. DEMANDA: La parte demandada CONTESTOLA DEMANDA ENSENTIDO NEGATIVO para lo cual argumentó: I) Que el contrato de trabajo del actor era a plazo fijo y estaba contratado bajo renglón presupuestario cero veintinueve y por lo tanto no sujeto a las estipulaciones dela Leydel Servicio Civil y del Código de Trabajo y que si como prestatario de un servicio no estaba de acuerdo con la rescisión del contrato de servicios técnicos que había suscrito debió accionar de conformidad con los medios de defensa que para el efecto contemplan las leyes administrativas de nuestro país. II) El artículo 84 del Código de Trabajo establece “En los contratos a plazo fijo y para ejecución de obra determinada, cada una de las partes puede ponerles término, sin justa causa, antes del advenimiento del plazo o de la conclusión de la obra…” El artículo 86 del Código de Trabajo indica “El contrato de trabajo termina SIN RESPONSABILIDAD para las partes por alguna de las siguientes causas: a) Por el advenimiento del plazo en los contratos a plazo fijo…” Tomando como base el último contrato suscrito en el cual se establece que efectivamente la contratación fue a plazo fijo, como establece la cláusula cuarta del mismo. En el presente caso, no fue una destitución, sino que fue que el demandante presentó su renuncia y por ende el contrato perdió su vigencia.

HECHOS SUJETOS A PRUEBA: A) La existencia de la relación laboral; B) Si la parte actora tiene como consecuencia derecho al pago de las prestaciones que reclama. PRUEBAS APORTADAS AL JUICIO: PORLA PARTE ACTORA: A) Documentos. B) Exhibición de Documentos. C) Presunciones Legales y Humanas. PORLA PARTE DEMANDADA: A) Documentos. B) Presunciones Legales y Humanas.

CONSIDERANDO: Modelo de Ética Judicial para Iberoamérica aprobado en el dos mil seis por las veintitrés Cortes Supremas Iberoamericanas es el de la “motivación” que consiste en “expresar de manera ordenada y clara, razones jurídicamente válidas aptas para justificar la decisión” (articulo.19).

Los artículos 15 y 361 del...

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