Sentencia nº 746-2015 de Juzgado Septimo de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social, 29 de Mayo de 2015
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2015 |
Emisor | Juzgado Septimo de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social |
29/05/2015 - LABORAL
746-2015
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, veintinueve de mayo del año dos mil quince.
Se tiene a la vista para dictarSENTENCIAdel proceso arriba identificado, el cual es promovido por C.R.L.contraL.F.M.R.propietario de la entidadNEW TEC SECURITY. Las partes no comparecieron a la audiencia oral laboral encontrándose debidamente notificadas en tiempo y de conformidad con la ley.
CLASE Y TIPO DE JUICIO: Es Ordinario Laboral y de Conocimiento.
OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO: La demandante pretende que a través del presente juicio laboral que la parte demandada le cancele las siguientes prestaciones laborales; a) Indemnización; b) Vacaciones; c) A.; d) Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Público y Privado; e) Salarios Pendientes; f) Daños y Perjuicios; y f) Costas Judiciales.
DE LOS HECHOS EXPUESTO ENLA DEMANDA: Manifiesta el demandante que: a) Inició relación laboral con la entidad demanda el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco; b) Durante la relación Laboral se desempeño en el cargo de Agente de Seguridad en un horario de ocho horas con treinta minutos a las dieciocho horas de lunes a sábado; c) durante el tiempo laborado la relación la desempeño en la diecisiete calle cuatro guión sesenta y cuatro de la zona uno; d) El salario devengado durante los últimos seis meses fue de DOS MIL TRESCIENTOS QUINCE (Q, 2,315.00); e) La relación laboral finalizó con fecha veintisiete de agosto del año dos mil catorce por reorganización dela Empresa; f) De la vía conciliatoria, la cual fue agotada enla Inspección Generalde Trabajo con fechas trece de noviembre del año dos mil catorce y la segunda con fecha seis de enero del año dos mil quince;
DE LAS PRUEBAS APORTADASPORLA PARTE DEMANDANTE: a) DOCUMENTAL:1) Fotocopia del cálculo de prestaciones emitido por el ministerio de Trabajo y previsión Social; 2) Fotocopia de las tres adjudicaciones con número R guión cero ciento uno guión catorce mil doscientos ochenta guión dos mil catorce.LA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA YCONCILIACIÓN: Estas fases procesales, no se diligenciaron en virtud de la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia oral, no obstante, de haber sido legalmente notificado de conformidad con la ley.DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA:a)La relación de trabajo entre la demandantey la entidad demandada;b)Si existió despido directo e injustificado; c) Si le corresponde el pago de las prestaciones...
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