Sentencia nº 1956-2015 de Juzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social, 22 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2015
EmisorJuzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social

22/05/2015 - LABORAL

1956-2015

JUZGADO DÉCIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, veintidós de mayo de dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, el Juicio Ordinario Laboral arriba identificado promovido por F.A.G.V., en contra de la señora C.B.R.F.. El actor es de datos de identificación personal conocidos en autos, de este domicilio y vecindad; compareció asesorado porla Pasantedel Bufete Popular dela Universidad RafaelLandívar, A.R.B.M.. La parte demandada no compareció a juicio oral.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinario laboral.

OBJETO DEL PROCESO:Establecer si a la parte actora le corresponde el derecho al pago de las prestaciones laborales que reclama en su demanda, así como el pago de indemnización y daños y perjuicios, por haber sido despedida en forma directa e injustificada.

RESUMEN DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:Manifiesta la parte actora que inició su relación laboral con la demandada el día cinco de junio de dos mil catorce, y que finalizó la misma el diecisiete de octubre de dos mil catorce mediante despido directo e injustificado. Que se desempeñó como Maestro de Educación Primaria, impartiendo clases de inglés. Que laboró en jornada ordinaria diurna, en horario de siete a catorce horas, de lunes a sábado. Que ejecutó su trabajo en la catorce calle, seis guión ochenta y dos, zona uno, en el Colegio Católico de San Lucas, del municipio y departamento de Guatemala. Que durante el tiempo que duró la relación laboral, devengó un salario de UN MIL QUINIENTOS QUETZALES, el cual se le hacía efectivo mediante cheques de Banrural, Sociedad Anónima, que emitía el esposo de la actora, quien es el administrador del colegio. Que agotó la vía administrativa el diecisiete de febrero de dos mil quince. Reclama las siguientes prestaciones laborales: INDEMNIZACIÓN, AGUINALDO, VACACIONES, BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, BONIFICACIÓN INCENTIVO y REAJUSTE SALARIAL, por el período comprendido del cinco de junio de dos mil catorce al diecisiete de octubre del mismo año. Así mismo reclama el pago de DAÑOS Y PERJUICIOS.

DELA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA: La parte demandada no compareció a la audiencia señalada para la celebración de juicio oral, el día veinte de mayo de dos mil quince, no obstante haber sido legalmente notificada de la misma.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: a) La existencia de la relación laboral entre la parte actora y la demandada; b) El incumplimiento por parte de la demandada del pago de las prestaciones laborales reclamadas por la parte actora y el derecho de ésta a que se le haga efectivo el pago de dichas prestaciones. c) Si el despido del actor se dio en forma injustificada.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS: PORLA PARTE ACTORA:I) Confesión Judicial,que debió haber rendido la parte demandada;II) Prueba Documental:a) Actas de...

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