Sentencia nº 442-2015 de Juzgado Septimo de Trabajo y Previsión Social, 14 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2015
EmisorJuzgado Septimo de Trabajo y Previsión Social

14/05/2015 - LABORAL

442-2015

JUZGADO SEPTIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, catorce de mayo del año dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictarSENTENCIAdel proceso arriba identificado, promovido por:M.C.G. CASTILLOen contra delESTADO DE GUATEMALA entidad nominadora MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL. La parte demandante es de datos personales conocidos en autos es asesorado por la abogada J.D.G.G.. La entidad demandadaESTADO DE GUATEMALA, entidad nominadora MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIALcomparece a través de su R.L.A.H.K.M.Z..

CLASE Y TIPO DE JUICIO:Es ordinario laboral y de conocimiento.

DEL OBJETO DEL PROCESO:El objeto del proceso es declarar si la parte demandante tiene derecho al pago de las prestaciones reclamadas en la demanda, consistentes en: 1) Indemnización; 2) Vacaciones; 3) A.; 4) Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público; 5) Horas Extras Pendientes; 6) Daños y Perjuicios; 7) Costas Judiciales. De las actuaciones se desprende el siguiente resumen:

DELADEMANDA: La parte demandante manifiesta en su memorial inicial de demanda que:a)Inició relación laboral enla U.H. ubicada en la novena avenida tres guión cuarenta zona uno de esta Ciudad, el día veinticuatro de marzo del año dos mil ocho;b)Que se desempeño en el puesto de Técnica de hemodiálisis;c)El salario promedio mensual devengado durante los últimos seis meses fue de CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO QUETZALES (Q. 5,298.00); d)La jornada Ordinario de trabajo efectivo fue de trece a veinte horas de lunes a sábado de cada semana, descansando únicamente los días domingo;e)La relación laboral se dio por finalizada el día treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce mediante despido directo e injustificado.

D.C.D. DEMANDA:Argumenta la entidad demandada que comparece a contestar la demanda en SENTIDO NEGATIVO y a plantear FORMAL OPOSICION a las pretensiones del demandante argumentado: a) IMPROCEDENCIA DEL PAGO DE INDEMNIZACIÓN Y PRESTACIONES LABORALES POR FINALIZACIÓN DELA RELACIÓN CONTRACTUALA PLAZO FIJO POR EL CUALLA ACTORA PRESTOSUS SERVICIOS: “Que la relación que unía a la señora M.C.G.C., conla Unidad Nacionalde Atención al Enfermo Renal Crónico fue puramente contrato de trabajo a plazo fijo, como claramente lo estipula el ultimo de los contratos de servicios a plazo fijo número cero catorce guión dos mil catorce de fecha dos de enero de dos mil catorce. Lo que se dio en el presente caso, no fue una destitución como lo quiere hacer ver la parte actora, sino lo que se dio en forma sencilla fue el acaecimiento de un hecho previsto desde el mismo momento en que se dio la contratación, es decir que se sabía cuando iniciaba la prestación de un servicio y cuando se iba a dar por terminada la misma”.B) IMPROCEDENCIA DEL PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR NO HABERSE GENERADO LOS MISMOS:“La presente argumentación tiene su asidero legal en lo que para el efecto establece el artículo 110 dela Constitución Políticadela Repúblicade Guatemala, el cual no establece obligación para el Estado de Guatemala y sus entidades nominadoras el pago de daños y perjuicios, sino únicamente el pago de una indemnización por despido injustificado o sin causa justa”.C) DOCTRINA LEGAL QUE SE INVOCA EN CUANTO A QUELA DEMANDANTE DEBEPROBAR QUE EFECTIVAMENTE LABORO HORAS EXTRAORDINARIAS:“La parte demandante al no haber presentado documento alguno que respalde su petición de condenar a la entidad nominadora al pago de horas extraordinarias, se demuestra que quería sorprender a la señora juez en su buena fe, y por ende de lucrar en perjuicio del Estado de Guatemala pretendiendo cobrar cantidad de dinero alguna en tal concepto”.

DE LAS PRUEBAS APORTADASPORLA PARTE DEMANDANTE: A) DOCUMENTAL:1) Hoja número ochocientos cincuenta y dos guión dos mil quince, contiene el cálculo de prestaciones laborales otorgada por el Ministerio de Trabajo y Previsión social; 2) Carta de inicio de relación laboral de fecha veinticuatro de marzo de dos mil ocho y en la que consta...

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