Sentencia nº 2445-2014 de Juzgado Primero de Trabajo y Previsión Social, 25 de Junio de 2015

Fecha de Resolución25 de Junio de 2015
EmisorJuzgado Primero de Trabajo y Previsión Social

25/06/2015 - LABORAL

2445-2014

JUICIO ORDINARIO LABORAL 01173-2014-2445 Oficial 2º.

JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. GUATEMALA, veinticinco de Junio del año dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar Sentencia dentro del juicio ordinario laboral promovido por L.D.C.L. en contra dela FEDERACION NACIONALDE LEVANTAMIENTO DE PESAS.LA PARTE ACTORAESTUVO ASESORADA POR: el Abogado L.A.P.L..LA PARTE DEMANDADAno compareció a juicio no obstante de haber sido legalmente notificada en tiempo y de conformidad con la ley. Las partes son de este domicilio y civilmente capaces para comparecer a juicio. OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO: La actora pretende que a través del presente juicio Ordinario laboral la demandada la reinstale en el mismo puesto de trabajo que venía desempeñando, y que se le cancelen los salarios y demás prestaciones que ha dejado de percibir desde el día del despido hasta el día de la respectiva reinstalación

De las actuaciones se desprenden los siguientes resúmenes:

DEL CONTENIDO DELA DEMANDA: la actora expuso: a)Que inició relación laboral con la demandada el díados de enero del año dos mil trece, la cual finalizo el día treinta y uno de marzo del año dos mil catorce al haber sido despedida de forma directa e injustificada, no obstante de gozar de inamovilidad ya que se encontraba en periodo de lactancia, b) que durante el tiempo que duró su relación laboral desempeño el puesto de Asistente de Gerencia; c) que el salario devengado durante los últimos seis meses que duró la relación laboral fue detres mil cincuenta quetzales incluyendo la bonificación incentivo de ley; d) Que laboró en una jornada ordinario diurna en el horario comprendido de nueve a diecisiete horas de lunes a viernes; e)Que solicita su reinstalación en virtud de que su despido fue ilegal, basada en el articulo 151 literal c) del Código de Trabajo, ya que para poder ser despedida se debió obtener la autorización de un Juzgado de Trabajo y Previsión Social por encontrarse en su periodo de lactancia. Ofreció pruebas e hizo sus peticiones de tramite y de fondo.

DELA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA: La misma no fue contestada, en virtud de la incomparecencia de la demandada a la audiencia a juicio oral estando legalmente notificada.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL JUICIO: DOCUMENTAL: a) Fotocopia simple de la certificación de fecha ocho de enero del año dos mil catorce que certifica el punto Resolutivo Décimo Tercero del Acta uno guión dos mil catorce guión CE guión FEDEPESAS, emitida por el Comité Ejecutivo dela Federación Nacionalde Levantamiento de Pesas; b) Fotocopia simple de Aviso de Suspensión de Trabajo por Maternidad emitido con fecha veinte de noviembre del año...

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