Sentencia nº 2360-2015 de Juzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social, 4 de Junio de 2015

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2015
EmisorJuzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social

04/06/2015 - LABORAL

2360-2015

JUZGADO DÉCIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, cuatro de junio de dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, el Juicio Ordinario Laboral arriba identificado promovido por A.C.C., en contra de la entidad PROTECCIÓN TOTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. El actor es de datos de identificación personal conocidos en autos, vecino del municipio de Jutiapa y con domicilio en el departamento de Jutiapa; compareció asesorado por el Abogado P.P.G.T.. La parte demandada no compareció a juicio oral.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinario laboral.

OBJETO DEL PROCESO:Establecer si a la parte actora le corresponde el derecho al pago de las prestaciones laborales que reclama en su demanda, así como el pago de indemnización y daños y perjuicios.

RESUMEN DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:Manifiesta la parte actora que inició su relación laboral con la entidad demandada el día doce de enero de dos mil doce, y que finalizó la misma el uno de noviembre de dos mil trece mediante despido directo e injustificado. Que desempeñó el cargo de Agente de Seguridad Privada. Que laboró en jornada de veinticuatro horas de trabajo por veinticuatro horas de descanso, durante toda la relación laboral. Que devengó un salario de DOS MIL TRESCIENTOS QUETZALES durante los últimos seis meses de relación laboral, cantidad que no incluye la bonificación incentivo. Que Ejecutó sus labores enla Avenida Hincapié, veintinueve guión setenta y cinco, zona trece de esta Ciudad. Que fue despedido en forma directa e injustificadamente por la demandada el día uno de noviembre de dos mil trece. Que reclama las siguientes prestaciones laborales: INDEMNIZACIÓN, AGUINALDO, VACACIONES, BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO y BONIFICACIÓN INCENTIVO, todas las prestaciones por el período del doce de enero de dos mil doce al uno de noviembre del año dos mil trece. Así mismo reclama el pago de DAÑOS Y PERJUICIOS.

D.C.D. DEMANDA: La parte demandada no compareció a la audiencia señalada para la celebración de juicio oral, el día dos de junio de dos mil quince, no obstante haber sido legalmente notificada de la misma.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: a) La existencia de la relación laboral entre la parte actora y la entidad demandada; b) El Incumplimiento por parte de la entidad demandada del pago de las prestaciones laborales reclamadas por la parte actora y el derecho de ésta a que se le haga efectivo el pago de dichas prestaciones. c) Si el despido del actor se dio en forma injustificada

DE LAS PRUEBAS APORTADAS: PORLA PARTE ACTORA:I) Confesión Judicial,que debió haber rendido la parte demandada, por lo que ante su incomparecencia, deberá declararse confesa sobre el pliego de posiciones presentado por la parte actora;II) Prueba Documental:Fotocopia simple del acta de...

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