Sentencia nº 3922-2015 de Juzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social, 31 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015
EmisorJuzgado Décimo de Trabajo y Previsión Social

31/08/2015 - LABORAL

3922-2015

JUZGADO DÉCIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, treinta y uno de agosto de dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA, el Juicio Ordinario Laboral arriba identificado promovido por G.E.L.A.D.S., en contra de la entidad INDUSTRIAS BIOQUÍMICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA. La actora es de datos de identificación personal conocidos en autos, de este domicilio y vecina del Municipio de Mixco, Guatemala; compareció asesorado por el Abogado J.M.B.C.. La parte demandada no compareció a juicio oral.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:El presente proceso es de conocimiento, de naturaleza ordinario laboral.OBJETO DEL PROCESO:Establecer si a la parte actora le corresponde el derecho al pago de las prestaciones laborales que reclama en su demanda, así como el pago de indemnización, daños y perjuicios y costas procesales, por haber sido despedido en forma directa e injustificada.

RESUMEN DE LOS HECHOS CONTENIDOS EN EL MEMORIAL DE DEMANDA:Manifiesta la parte actora queiniciósu relación laboral con la entidad demandada el día dieciséis de agosto de dos mil dos, y que finalizó la misma el nueve de junio de dos mil quince mediante despidodirecto e injustificado. Que desempeñó elcargode Encarga de Empaque. Que laboró enjornada ordinaria diurnade ocho a diecisiete horas, de lunes a viernes, durante toda la relación laboral. Que devengó unsalariode TRES MIL QUINIENTOS QUETZALES, durante los últimos seis meses de la relación laboral, los cuales se le hacían efectivos mediante depósitos a una cuenta creada a nombre de la actora en el Banco de Desarrollo Rural, Sociedad Anónima. QueEjecutó sus labores en el kilómetro veintisiete punto dos, carretera a El Salvador, del Municipio de Fraijanes, departamento de Guatemala.Reclama las siguientes prestaciones laborales:INDEMNIZACIÓN, VACACIONES, AGUINALDO y BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, por el período correspondiente del dieciséis de agosto de dos mil dos al nueve de junio de dos mil quince; SALARIOS PENDIENTES DE PAGO, por el período correspondiente del uno de mayo al nueve de junio de dos mil quince. Así mismo reclama DAÑOS Y PERJUICIOS y COSTAS JUDICIALES.

DELA CONTESTACIÓN DELA DEMANDA: La parte demandada no compareció a la audiencia señalada para la celebración de juicio oral, el día treinta de julio de dos mil quince, no obstante haber sido legalmente notificada de la misma y con la antelación debida.

DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA: a) La existencia de la relación laboral entre la parte actora y la entidad demandada; b) El Incumplimiento por parte de la entidad demandada del pago de las prestaciones laborales reclamadas por la parte actora y el derecho de ésta a que se le haga efectivo el pago de dichas prestaciones. c) Si el despido de la actora se dio en forma injustificada.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS: PORLA PARTE ACTORA:I) Confesión Judicial,que debió haber rendido la parte demandada;II) Exhibición de Documentos:1.1 Original del Contrato de Trabajo suscrito por ambas partes, debidamente sellado por la dependencia...

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