Sentencia nº 2955-2015 de Juzgado Primero de Trabajo y Previsión Social, 5 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2015
EmisorJuzgado Primero de Trabajo y Previsión Social

05/08/2015 - LABORAL

2955-2015

JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. GUATEMALA, cinco de agosto del año dos mil quince.

Se tiene a la vista para dictar Sentencia dentro del juicio ordinario laboral promovido por M.M.C.D. en contra de INVERSIONES JAFA, SOCIEDAD ANONIMA.LA PARTE ACTORAESTUVO ASESORADA POR: la Abogadadela Direcciónde Fomento ala Legalidad Laboraldel Ministerio de Trabajo y Previsión Social W.E.L.M..LA PARTE DEMANDADAno compareció a juicio no obstante de haber sido legalmente notificada en tiempo y de conformidad con la ley. Las partes son de este domicilio y civilmente capaces para comparecer a juicio.OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO:La actora pretende que a través del presente juicio Ordinario laboral la demandada la reinstale en el mismo puesto de trabajo que venía desempeñando, y que se le cancelen los salarios y demás prestaciones que ha dejado de percibir desde el día del despido hasta el día de la efectiva reinstalación.

De las actuaciones se desprenden los siguientes resúmenes:

DEL CONTENIDO DELA DEMANDA:la Actoraexpuso: a) Que inició relación laboral con la demandada el díauno de septiembre de dos mil catorce la cual finalizo el día dieciséis de febrero del dos mil quince al haber sido despedida de forma directa e injustificada, no obstante de gozar de inamovilidad ya que se encontraba en período de lactancia; b) que durante el tiempo que duró su relación laboral desempeño el puesto deLimpieza; c) que el salario devengado durante los últimos seis meses que duró la relación laboral fue dedos mil quinientos quetzalesincluida la bonificación incentivo; d) Que laboró en una jornada ordinaria diurna en el horario comprendido de ocho a diecisiete horas de lunes a viernes; e) Que dio por agotada la vía administrativa con fecha treinta y uno de marzo de dos mil quince según adjudicación número R guión cero ciento uno guión cero tres mil setecientos cinco guión dos mil quince tramitada enla Inspección Generalde Trabajo; f) Que solicita su reinstalación en virtud de que su despido fue ilegal, basada en el articulo 151 literal c) del Código de Trabajo, ya que para poder ser despedida se debió obtener la autorización de un Juzgado de Trabajo y Previsión Social por encontrarse en su periodo de lactancia. Ofreció pruebas e hizo sus peticiones de trámite y de fondo.

D.C.D. DEMANDA: La misma no fue contestada, en virtud de la incomparecencia de la demandada a la audiencia a juicio oral estando legalmente notificada.

DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL JUICIO: PORLA PARTE ACTORA: a) CONFESION JUDICIAL de la demandada, la cual no fue diligenciada en virtud de la incomparecencia de la parte demandada (pliego folio 13); b) DOCUMENTAL: b.1) Copia simple de las actas...

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