Sentencia nº 4715-2014 de Juzgado Septimo de Trabajo y Previsión Social, 25 de Septiembre de 2015
Fecha de Resolución | 25 de Septiembre de 2015 |
Emisor | Juzgado Septimo de Trabajo y Previsión Social |
25/09/2015 - LABORAL
4715-2014
J0L:01173-2014-04715 -Of.1.- JUZGADO SÉPTIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, veinticinco de septiembre de dos mil quince.
Se tiene a la vista para dictar SENTENCIA dentro del juicio ordinario laboral promovido porEMILIO JOM POPen contra de entidad denominadaAGENCIA DE SERVICIOS Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Y RESPONSABILIDAD LIMITADA.El demandante compareció a juicio ordinario laboral y estuvo asesorado por el abogado B.B.B.. Mientras que la entidad demandada compareció a través C.O.N.A. en su calidad de Gerente General y Representante Legal y fue asesorado por el abogado PRIMO R.A.C..
NATURALEZA Y OBJETO DEL JUICIO:Es un proceso ordinario laboral, de conocimiento. El demandante pretende que a través del presente juicio laboral se declare la existencia de la relación laboral y que la parte demandada le cancele las siguientes prestaciones laborales:a)Indemnización por tiempo de servicio,b)A.;c)Vacaciones; d) Bonificación Anual para los Trabajadores del Sector Privado y Público; e) Salarios pendientes de pago; f) Bonificación Incentivo; g) Horas extraordinarias trabajadas y no pagadas; h) C.J..
DE LOS HECHOS EXPUESTOS ENLA DEMANDA: La parte demandante expuso que inició su relación laboral con la entidad ahora demandada el día dieciséis de noviembre del año dos mil nueve y la misma finalizó el día cuatro de agosto del año dos mil catorce. Que durante la relación laboral con la entidad denominada se desempeño en el puesto de AGENTE DE SEGURIDAD PRIVADA, en Avenida Mariscal veintisiete guión treinta zona once de esta ciudad Guatemala. Laboró en una jornada mixta de veinticuatro horas por veinticuatro. Durante los últimos seis meses devengó un salario promedio mensual de DOS MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q. 2,600.00).
DE
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba