Sentencia nº 106-2016 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de El Progreso, 11 de Marzo de 2016

PresidenteExhibición de Documentos; Terminación del Contrato; Despido Directo
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2016
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo de El Progreso

11/03/2016 - LABORAL

106-2016

JUICIO ORDINARIO LABORAL. No. 02004-2016-00106. Of 5to. Not 1ro.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO:Municipio de Guastatoya, once de marzo del año dos mil dieciséis.

Para dictarSENTENCIA, se tiene a la vista el juicio Ordinario Laboral arriba identificado, a cargo del oficial quinto, promovido por la señoraMARÍELISA ORTEGA LÓPEZ, en contra deLaMUNICIPALIDAD DESAN AGUSTÍN ACASAGUASTLÁN DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, a través de su representante legal.La actora tiene su domicilio en este departamento, es vecina del municipio de San Agustín Acasaguastlán, del departamento de El Progreso y compareció a juicio sin asesoría legal.La Entidaddemandada no compareció a juicio a través de su representante legal.

CLASE Y TIPO DE PROCESO, Y OBJETO SOBRE EL QUE VERSÓ: El presente es un proceso de conocimiento, tipo ordinario laboral, que versó sobre la pretensión de la actora, de queLa Entidaddemandada a través de su representante legal, le pruebe la justa causa en que se basó su despido y le cancele las prestaciones laborales, que según afirma le adeuda.

RESUMEN DELA DEMANDA: La demanda se presento por escrito en este juzgado el día diez de febrero del año dos mil dieciséis, asimismo se presento memorial de ampliación presentado en este Juzgado el día veintitrés de febrero del año dos mil dieciséis y lo expuesto por la actora se resume así: Inicio su relación laboral con la entidad demandada el díacuatro de febrero del año dos mil trece, finalizando la relación laboral el díaveintinueve de diciembre del año dos mil quince, al ser despedida en forma directa e injustificada, desempeño el trabajo en las instalaciones del Centro Social y Deportivo,ubicado en el Barrio El Centro dela Aldea ElRancho, del municipio de San Agustín Acasaguastlán del departamento de El Progreso, trabajo como encargada del Cobro deAgua Potable dela Aldea ElRancho del municipio de San Agustín Acasaguastlán del departamento de El Progreso, la jornada fue diurna ya que era de lunes a viernes de las ocho horas, a las diecisiete horas, con una hora de almuerzo de las doce horas para las trece horas, devengó un salario durante los últimos seis meses laborados es deun mil seiscientos quetzales mensuales.Fue despedida en forma directa e injustificada el díaveintinueve de diciembre del año dos mil quince, por medio del señor A.M., quien por medio de otro empleado municipal le mandó a decir que ya no me presentara a trabajar porque ya no había trabajo para ella, por lo que se constituyo al despacho municipal en donde se me confirmó mi despido sin hacerme efectivo el pago de mis prestaciones laborales. Y reclama los derechos laborales que he adquirido por mi trabajo y que me otorgala Constitución Políticadela Repúblicade Guatemala y las leyes laborales, y que la entidad demandada, no me ha cancelado, hasta la presente fecha por lo que reclamo el pago de las siguientes prestaciones laborales:a). INDEMNIZACIÓN:correspondiente a todo el tiempo laborado;b). AGUINALDO:correspondiente a todo el tiempo laborado;c). VACACIONES:correspondiente a todo el tiempo laborado;d). BONIFICACIÓN ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO:Correspondiente a todo el tiempo laborado;e). REAJUSTE AL SALARIO MÍNIMO:Correspondiente a todo el tiempo laborado;f). A TITULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS:los salarios dejados de percibir, desde el momento del despido, hasta el efectivo pago de su indemnización, hasta un máximo de doce meses;g).BONIFICACIÓN INCENTIVO PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO. Correspondiente a todo el tiempo laborado. De acuerdo al decreto número 37-2001.La actora ofreció sus pruebas y formuló sus peticiones.

RESOLUCIÓN DE TRÁMITE: Con fecha once de febrero del año dos mil dieciséis, se dio trámite a la demanda, citando a las partes para que comparecieran a la audiencia de juicio oral laboral, señalada para el día diez de marzo del año dos mil dieciséis a las nueve horas, haciendo los apercibimientos, prevenciones y conminatorias de ley, y con fecha veintitrés de febrero del año dos mil dieciséis, se resolvió el memorial de Ampliación y Modificación de la demanda, de fecha diez de febrero del año dos mil dieciséis.

DELA AUDIENCIA SEÑALADA: El día y hora señalados para la celebración de la audiencia de juicio oral laboral, compareció únicamente la actora, y en la misma ésta ratificó su demanda en todos sus puntos, y aportó al proceso como medios de prueba, los cuales consisten en:A) CONFESIÓN JUDICIAL:Que deberá prestar la entidad demandada a través de su R.L.;B). DOCUMENTAL:APORTADOSPORLA PARTE ACTORA: a)F. simple del Documento Personal de Identificación con código único de identificación número dos mil cuatrocientos uno, cero nueve mil setecientos veinticuatro, cero doscientos tres (2401 09724 0203), extendido por el Registro Nacional de las Personas dela Repúblicade Guatemala, a nombre de MARÍELISA ORTEGA LÓPEZ,b)Acta correspondiente a la adjudicación número C guión cero cero cinco guión dos mil dieciséis, de fecha cuatro de enero del año dos mil dieciséis,c)Acta correspondiente a la adjudicación número C guión cero cero cinco guión dos mil dieciséis, de fecha trece de enero del año dos mil dieciséis,d)Calculo de Prestaciones Laborales de fecha cuatro de enero del año dos mil dieciséis, extendido por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Dirección Departamental de Trabajo El Progreso;e)Constancia Laboral de fecha cuatro de enero del año dos mil dieciséis; extendida por R.A.A.O., C. General dela M.S.A.A. del departamento de El Progreso;f)Oficio de fecha veintisiete deseptiembre del año dos mil trece, firmado por M.M.M.A., Secretaria Municipal dela Entidaddemandada;g)Oficio de fecha treinta demayo del año dos mil catorce, firmado por el C. General dela Entidaddemandada y mi F. simple de ciento cuarenta y ocho conocimientos,...

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