Sentencia nº 1774-2016 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo y Previsión Social de Jalapa, 19 de Diciembre de 2016

PresidenteTerminación del Contrato de Trabajo
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2016
EmisorJuzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Jalapa

19/12/2016 - LABORAL

1174- 2016

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE JALAPA. JALAPA, DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS.

Se tiene a la vista para dictarSENTENCIAel juicio ordinario laboral identificado en el epígrafe promovido porL.A.D.J.V.I. en contra deEL ESTADO DE GUATEMALA por medido dela Entidad NominadoraSECRETARIA DE OBRAS SOCILAES DELA ESPOSA DELPRESIDENTE, a través dela ProcuraduríaGeneraldela Nacióncomo Representante Legal.La parte demandante es de este domicilio y vecindad, compareció bajo la asesoría del abogadoJULIO R.C.G.. La parte demandada EL ESTADO DE GUATEMALA por medido dela Entidad NominadoraSECRETARIA DE OBRAS SOCIALES DELA ESPOSA DELPRESIDENTE,a través dela ProcuraduríaGeneraldela Nacióncomo Representante Legalel Abogado L.E.M.A..

OBJETO Y NATURALEZA DEL JUICIO: El presente juicio es ordinario laboral y tiene por objeto que en sentencia se condene alEL ESTADO DE GUATEMALA por medido dela Entidad NominadoraSECRETARIA DE OBRAS SOCIALES DELA ESPOSA DELPRESIDENTE, a través dela ProcuraduríaGeneraldela Nacióncomo Representante Legal,al pago de las prestaciones laborales consistente enINDEMINIZACIÓN,másDAÑOS Y PERJUICIOS,que pretende la parte demandante.

DE LOS HECHOS EXPUESTOS ENLA DEMANDA:I. DELA RELACIÓN LABORAL:Inicie la relación laboral con El Estado de Guatemala, prestando mis servicios en forma continua en la nominadora SECRETARIA DE OBRAS SOCIALES DELA ESPOSADELPRESIDENTE (SOSEP) el dos de febrero del año dos mil nueve y finalizo el treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, por Despido Directo e Injustificado;II) DEL TRABAJO DESEMPEÑADO:Durante la relación laboral con EL Estado de Guatemala desempeñe el trabajo de Técnico departamental, parala Secretaríade Obras Sociales dela Esposadel Presidente (SOSEP), en su delegación ubicada en el departamento de Jalapa;III) DELA JORNADADETRABAJO:Durante la relación laboral con El Estado de Guatemala tuve una jornada de trabajo diurna, laborando de lunes a viernes con horario de ocho de la mañana hasta las cinco de la tarde con dos días de descanso a la semana;IV) DEL LUGAR DE EJECUCION DE TRABAJO:Durante mi relación laboral con El Estado de Guatemala desempeñe mi trabajo en las instalaciones deLa Secretaríade Obras Sociales dela Esposadel Presidente (SOSEP) ubicado en sexta avenida, uno guión sesenta, zona uno, B.D. municipio de J., del departamento de Jalapa;V) DEL SALARIO DEVENGADO:En consecuencia el salario devengado durante el tiempo laborando en forma mensual fue de DIEZ MIL QUETZALES (Q: 10,000.00);VI) DE LAS CAUSALES INVOCADAS POR MI EMPLEADORA PARA JUSTIFICARLA TERMINACIONILEGALDE MI CONTRATO DE TRABAJO:Para dar por terminado mi contrato de trabajo, mi empleador no argumento causal alguna de las que de acuerdo a la legislación laboral vigente y específicamente con las relacionadas en el articulo 76 dela Leyde Servicio Civil, permiten concluir justificadamente los contratos de trabajo pues en consonancia con la norma relacionada, se preceptúa que los servidores públicos solo pueden ser destituidos de sus puestos solo si incurren en causal de despido debidamente justificado;VII) DELA VIACONCILIATORIAADMINISTRATIVA:Por no llegar a un acuerdo con El estado de Guatemala en el pago de las prestaciones laborales acudí ala Oficinade Inspección General de Trabajo, dela Delegación Departamentalde Ministerio de Trabajo y Previsión Social de este departamento, en donde a través de adjudicación número R guión dos mil ciento uno, guión cero cero cuatrocientos dieciséis, guión dos mil dieciséis (R-2101-00416-2016) de fecha once de agosto de dos mil dieciséis, en la cual entidad demandada, compareció por medio del representante dela ProcuraduríaGeneraldela Nacióna evacuar audiencia fijada por dicha institución quien manifestó que “desconoce si existió relación laboral con el demandante y que la entidad nominadora no otorgo las facultades para poder conciliar” y por no llegar a ningún convenio se agoto la vía administrativa conciliatoria;VIII) DE LAS PRESTACIONES QUE SE RECLAMAN:Por el periodo laborado del dos de febrero del año dos mil nueve al treinta y uno de mayo del año dos mil dieciséis:a) Indemnización: La cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DOS QUETZALES CON VEINTIOCHO CENTAVOS (Q 85,502.28). b) M.D. y Perjuicios.LA PARTE ACTORAOFRECIO COMO MEDIOS DE PRUEBA:a) CONFESION JUDICIAL:Que en la primera audiencia, que para el efecto se señale por este juzgado deberá prestar el Estado de Guatemala, a través del Procurador General dela Nación, quien es el Representante Legal del Estado, sobre las posiciones que adjunto en plica al presente escrito y sobre los extremos de mi demandad que le fuere legalmente imputables a la autoridad nominadora, la que deberá contestar como informe por escrito, dentro del termino que señale este tribunal;b) DOCUMENTOS: b.1.Fotocopia de adjudicaciones R guión dos mil ciento uno, guion cero cero cuatrocientos dieciséis, guion dos mil dieciséis ( R-2101-00416-2016) de fecha diecisiete de junio de dos mil dieciséis y cuatro de julio de dos mil dieciséis, diecinueve de julio de dos mil dieciséis y once de agosto de dos mil dieciséis respectivamente;b.2. Fotocopia de calculo de prestaciones laborales, extendidas por la delegación departamental del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con sede en el departamento de Jalapa, de fecha veinte de junio del año dos mil dieciséis; b.3.Fotocopia de contrato de servicios temporales numero cero veintisiete guión cero veintiuno guión dos mil diez (027-021-2010) de fecha cinco de abril de dos mil diez;b.4.Fotocopia de nomina de sueldos correspondiente al mes de enero de dos mil dieciséis, extendido porla Secretaríade Obras Sociales dela Esposadel Presidente a nombre deL.A.D.J.V.I.,con fecha dos de febrero de dos mil dieciséis;b.5.Fotocopia de nominas de sueldos correspondiente al mes de diciembre de dos mil quince, extendido porla Secretaríade Obras Sociales dela Esposadel Presidente a nombre deL.A.D.J.V.I.,con fecha quince de enero del dos mil dieciséis;b.6.Fotocopia de nominas de sueldos correspondiente al mes de noviembre de dos mil quince, extendido porla Secretaríade Obras Sociales dela Esposadel Presidente a nombre deL.A.D.J.V.I.,con fecha dos de diciembre de dos mil quince;c) EXHIBICION DE DOCUMENTOS:Documentos que deberá aportar y exhibir la parte demandada por obras en su poder en la primera audiencia que para el efecto se señale, conminándose a una multa de cincuenta a quinientos quetzales, si dejare de aportarlos y exhibirlos bajo apercibimiento de tener por ciertos los hechos contenidos en la presente demanda, consistente en: Contratos de Trabajo originales firmados por mi debidamente autorizados porla Inspección Generalde Trabajo Correspondiente, Nominas de Sueldos y Salarios correspondientes, Libros de contabilidad de salarios o de planillas y recibos donde conste el pago de las prestaciones L., expediente que contenga el procedimiento para la remoción del presentado, en el cual conste que se probo de conformidad con la ley que existió causa justa de despido deltrabajador L.A.D.J.V.I.; d) TESTIGOS:P. como testigo a J.O.O.L.Y.L.J.G.G. quienes deberán declarar de conformidad con el interrogatorio;e) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS:Que de loa actuado dentro del procedimiento se deriven.

DELA TRAMITACION DELJUICIO ORAL LABORAL:H. establecido que la demanda presentada por la parte actora reúne los requisitos establecidos en la ley, se admitió para su trámite la misma, señalándose la audiencia para el día dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis, para la celebración del juicio oral laboral de las partes, bajo apercibimiento de declarar rebelde a quien dejare de comparecer sin justa causa.----------------------------------------------------------------------DELA AUDIENCIA AJUICIO ORAL LABORAL:En la audiencia señalada por este Juzgado para el día dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis,a las ocho horas con treinta minutos,para la celebración del juicio oral laboral de las partes, a la cual compareció la parte actoraL.A.D.J.V.I.;y porla parte demandada:ESTADO DE GUATEMALA,por medio dela entidad nominadoraSECRETARIA DE OBRAS SOCIALES DELA ESPOSA DELPRESIDENTEa través dela procuraduría generaldela nación comorepresentante legalL.E.M.A.,no habiendo comparecido ningún representante dela Inspección Generalde Trabajo con sede en esta ciudad. El infrascrito J. identificó a los comparecientes de conformidad con la ley, protestándolos para que en el curso de la audiencia se manifestaran con la verdad. Le fue leído íntegramente el escrito de demanda a la parte actora quien a través de su abogado asesor expresó ratificar la demanda en cada uno de sus puntos.

DE LAS ACTITUDES DELA PARTE DEMANDADA: Quien a través del representante legal manifiesta: “La procuraduría Generaldela Naciónhabiendosido notificados en representación legal del Estado de Guatemala, ante este órgano jurisdiccional se opone a todas las pretensiones dela parte actorade acuerdo al articulo 338 del Código de Trabajo, contestadola demanda ensentido negativo, en el sentido que el actor no puede considerarse como servidor público, toda vez que dicho actor sostuvo una relación temporal tal y como consta en el articulo 1 numeral 02, del Manual de Clasificaciones Presupuestarias para El Sector Público de Guatemala, Acuerdo Ministerial Número 215-2004, el cual establece literalmente: Personal Temporal: Este subgrupo comprende las erogaciones, que por concepto de retribuciones al puesto, se haga al personal que ocupa puestos temporales en el sector público, para trabajos especiales y transitorios. Se subdivide en los siguientes renglones: 021 Personal Supernumerario. Contempla los egresos por concepto de sueldo base a trabajadores públicos, contratados para labores temporales de corta duración, que no pueden realizarse con el personal permanente o de planta. Su propia naturaleza implica que con cargo a este renglón no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR