Sentencia nº 324-2015 de Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal - Sentencia de 14 de Abril de 2016

PonenteViolación con Agravación de la Pena
PresidenteAutores; Violación; Agravación de la Pena; Sana Crítica Razonada
Fecha de Resolución14 de Abril de 2016
EmisorSala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal

14/04/2016 - PENAL

324-2015

SALA QUINTA DELA CORTE DEAPELACIONES DEL RAMO PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE. QUETZALTENANGO, CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS.

En nombre del Pueblo dela Repúblicade Guatemala, se pronuncia Sentencia para resolver: a) el Recurso deApelación EspecialporMotivo de Fondo,planteado porla Agente FiscaldelMinisterio Público, Abogada: E.E.M.P. y b) el Recurso deApelación Especialpor Motivos de Forma referidos aMotivos Absolutos de Anulación Formal y por Motivos de Fondo, planteado por el procesado A.O.G.P., en contra del fallo proferido por el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del Departamento de Quetzaltenango, Constituido en Juez Unipersonal, el quince de mayo de dos mil quince, en el proceso que, por el delito deViolación con Agravación dela Pena, se instruye en contra de A.O.G.P., cuyos datos de identificación personal,según consta en autos,son:de apodo “picho”, de diecinueve años de edad, soltero, guatemalteco, estudiante de la carrera de Perito en Administración de Empresas, nació el nueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco en la ciudad de Quetzaltenango, es hijo de M.A.G.Y. y de A.C.P.M., fijo como residencia la cuarta avenida cuatro guión treinta y dos de la zona diez de la ciudad de Quetzaltenango, en trámite su documento de Identificación Personal, no ha sido condenado por delito alguno”.

En esta instancia actúala Agente Fiscaldel Ministerio Público, Abogada: E.E.M.P.. La defensa está a cargo del Abogado: A.R.V.V..

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS, OBJETO DELA ACUSACIÓN:

“U.A.O.G.P., el día jueves 3 de abril del año 2014, siendo aproximadamente las 19:30 horas, en cercanías de la iglesia Monte Sinaí ubicada en la 5ta calle de la zona 10 del Cantón Pacajá Alto del municipio y departamento de Quetzaltenango, en compañía de los jóvenes de nombres J.R.P.C. de 16 años de edad, S.G.P.C. de 17 años de edad, C.E.C.V. de 14 años de edad, agarran a la adolescente (…) de los brazos y del capuchón del sudadero que ella llevaba puesto, la cargan en peso y la conducen al terreno baldío ubicado entre la 6ta y 5ta calle zona 10 Cantón Pacaja Alto del municipio y departamento de Quetzaltenango, estando de pie la agraviada entre usted A.O.G.P. y sus acompañantes le quitan el sudadero, pantalón, blusa y ropa interior a la agraviada, la acuestan en el suelo, la amenazan de que si ella los denuncia le van a hacer algo a sus padres; seguidamente de que los adolescentes C.E.C.V., S.G.P.C., J.R.P.C. abusara sexualmente de la adolescente agraviada, usted A.O.G.P. aprovechándose de que la adolescente agraviada se encontraba desnuda y mientras sus acompañantes la sujetaban de pies y manos, usted se bajó su pantalón y calzoncillo, se acostó encima de la agraviada e introdujo su pene en la vagina de la misma.”

PARTE RESOLUTIVA DEL FALLO IMPUGNADO:

El juez de sentencia,en su parte conducente,DECLARÓ:I)Que el acusadoA.O.G.P., es responsable penalmente, comoAUTORdel delito deVIOLACION CON AGRAVACION DELA PENA cometido contra la libertad e indemnidad sexual de: (…); II)Por el delito cometido se impone, al acusado: a) La pena principal de CATORCE AÑOS CON CUATRO MESES DE PRISION (…). IV)Encontrándose actualmente el sentenciado guardando prisión preventiva en las cárceles publicas de su sexo, ordena dejarlo en la misma situación jurídica en tanto causa firmeza la presente sentencia (…).

CONSIDERANDO

Por razones de técnica procesal, esta Sala entrará a conocer en primer lugar los motivos de forma, por las repercusiones que devendrían en caso de ser acogidos.

-I-

DEL RECURSO DE APELACIÓN ESPECIAL, PLANTEADO POR EL PROCESADO: A.O.G.P..

MOTIVOS DE FORMA REFERIDOS A...

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