Sentencia nº 96-2016 de Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal - Sentencia de 6 de Junio de 2016

PonentePromoción y Fomento; Posesión para el Consumo
PresidentePosesión para el Consumo
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2016
EmisorSala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal

06/06/2016 - PENAL

96-2016

SALA CUARTA DELA CORTE DEAPELACIONES DEL RAMO PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE: Guatemala, seis de junio del año dos mil dieciséis.

EN NOMBRE DEL PUEBLO DELA REPÚBLICA DEGUATEMALA, se procede a dictar sentencia de segundo grado, para resolver el del recurso de Apelación Especial por Motivo de Fondo promovido por el Ministerio Público por medio de su agente fiscal asignado licenciado E.F.G.R., en contra de la sentencia de fecha diez de febrero del año dos mil dieciséis, dentro del proceso arriba identificado, dictada porla J.U.V.M.P.C. de Barneond del Tribunal Décimo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio y departamento de Guatemala, dentro del juicio oral y público seguido en contra de A.D.M.Z., por el delito de Promoción y Fomento, condenado por el delito de Posesión Para el Consumo.

I. IDENTIFICACION DE LOS SUJETOS PROCESALES:

PROCESADO: A.D.M.Z.,quien dijo ser de treinta años de edad, unido, herrero, guatemalteco, originario y residente en el lote cincuenta y cuatro asentamiento Divina Pastora, “Kintanal”zona seis, ciudad de Guatemala, actuó bajo la dirección y procuración del licenciado E.E.E.C. en sustitución de la abogada defensora Z.A.O.G., del Instituto dela Defensa PúblicaPenal, quien señaló como lugar para recibir notificaciones la décima calle, seis guión treinta y siete, edificio B., zona uno, Unidad de Notificaciones Sede Central de las oficinas del Instituto dela Defensa PúblicaPenal;MINISTERIO PUBLICO:Quien actuó por medio del agente fiscal asignado E.F.G.R., señaló como lugar para recibir notificaciones en la sede del Ministerio Público ubicada en la octava calle, tres guión setenta y tres de la zona uno, ciudad, segundo nivel, sede de la unidad de impugnaciones, comunicaciones al correo electrónicoimpugnaciones@mp.gob.gty al número de teléfono veintidós millones doscientos cinco mil ciento ochenta y nueve (22205189) al noventa y uno (91);TERCERO CIVILMENTE DEMANDADO, QUERELLANTE ADHESIVO:No Hay.

II. EXTRACTO DELA SENTENCIA APELADA: Este Tribunal con la base a lo anteriormente considerado, leyes citadas y con fundamento en lo que para el efecto preceptúan… al resolver DECLARA: a.) Que cambia la calificación jurídica de PROMOCIÓN Y FOMENTO por el delito de POSESION PARA EL CONSUMO. b.) Que A.D.M.Z., es responsable penalmente del delito consumado de POSESION PARA EL CONSUMO, cometido en contra dela Sociedad, por tal ilícito se le impone la pena de DIEZ MESES conmutables a razón de cinco quetzales por día, con abono del tiempo de prisión efectivamente padecido y se le impone la pena de MULTA de DOSCIENTOS QUETZALES a favor del Organismo Judicial, la cual deberá de ser pagada dentro del tercer día de estar firme el presente fallo; si en caso, no la hace efectiva, se convertirá en pena de prisión a razón de un día por cada cien quetzales diarios dejados de pagar; c.) Como pena accesoria, se suspende en sus derechos políticos, durante el tiempo que dure la pena impuesta…”

III: DE LOS PUNTOS DELA SENTENCIA QUESE IMPUGNAN:El apelante impugna las literales “a.)” y “b.)” de la parte resolutiva de la sentencia impugnada.

IV. DEL HECHO ATRIBUIDO:Al procesado, se le atribuye el hecho, contenido en el memorial presentado en su oportunidad por el Ministerio Público, en el cual solicita la...

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