Sentencia nº 99-2016 de Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal - Sentencia de 18 de Octubre de 2017

PonentePortación Ilegal de Armas de Fuego de Uso Civil y/o Deportivas; Extorsión
PresidentePortación Ilegal de Armas de Fuego de Uso Civil y/o Deportivas
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2017
EmisorSala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal

18/10/2016 - PENAL

99-2016

SALA SEGUNDA DE.

EN NOMBRE DEL PUEBLO DELA REPÚBLICA DEGUATEMALA, se pronuncia SENTENCIA en virtud del Recurso deAPELACIÓN ESPECIAL,por Motivos de FONDO, interpuesto por el procesado A.A.S.A., con el auxilio del Abogado Defensor Público C.A.V.S., en contra de la sentencia de fecha treinta de marzo de dos mil dieciséis, proferida por el Tribunal Sexto de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra El Ambiente, actuando en forma unipersonal, en el proceso que por el delito de:EXTORSION y PORTACION ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO DE USO CIVIL Y/O DEPORTIVAS.

El procesado antes mencionado es de generales ya conocidas en autos.

La defensa del procesado A.A.S.A., está a cargo del Abogado Defensor Público C.A.V.S.. La acusación la dirige EL MINISTERIO PÚBLICO, a través dela F.E.P.L.C., Unidad de Impugnaciones.

DEL HECHO ATRIBUIDO: Al procesado se le señaló el hecho contenido en el memorial de solicitud de apertura a juicio y formulación de acusación.

DELA SENTENCIA DEPRIMERA INSTANCIA:El Tribunal Sexto de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, actuando en forma unipersonal en sentencia de fecha treinta de marzo de dos mil dieciséis, AL RESOLVER DECLARA: I. QueA.A.S.A., es autor responsable del delito de EXTORSIÓN cometido en contra del patrimonio del señor S.M.C.. Que por la comisión de este delito se le impone la pena mínima de SEIS AÑOS DE PRISIÓN INCONMUTABLES, pena que deberá cumplir en el centro penitenciario que designe para el efecto el Juez de Ejecución correspondiente. II. Que A.A.S.A., es autor responsable del delito de PORTACION ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO DE USO CIVIL Y/O DEPORTIVAS. Que por la comisión de este delito se le impone la pena mínima de OCHO AÑOS DE PRISIÓN INCONMUTABLES, pena que deberá cumplir en el centro penitenciario que designe para el efecto el Juez de Ejecución correspondiente, penas que en concurso real hacen un total del: CATORCE AÑOS DE PRISIÓN INCONMUTABLES. III. …”.

DELA INTERPOSICIÓN DELRECURSO DE APELACIÓN: fue interpuesto por el procesado interpuesto por el procesado A.A.S.A., con el auxilio del Abogado Defensor Público C.A.V.S..

DELA ADMISIBILIDAD DELRECURSO:Fue declarado admisible formalmente con fecha VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS.

DELA AUDIENCIA DESEGUNDA INSTANCIA:Para la audiencia oral y pública de Segunda Instancia, se señaló el día CINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, a las ONCE HORAS, audiencia que no se llevó a cabo ya que las partes procesales reemplazaron su participación por escrito a la audiencia.

DELA DELIBERACIÓN YLECTURA DE SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA: se señaló la audiencia del DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS.

CONSIDERANDO

- I -

De conformidad con la ley procesal penal vigente, el tribunal de apelación especial conocerá solamente de los puntos de la sentencia impugnada expresamente en el recurso, siempre que ésta sea susceptible de ser atacada en dicha vía. Asimismo, el recurso de apelación especial garantiza la legalidad y justicia de las sentencias emitidas por los órganos preestablecidos por la ley, entre otros, los Tribunales de Sentencia.-

- II -

El ordenamiento procesal penal guatemalteco, regula y estructura...

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