Sentencia nº 2763-2016 de Corte de Constitucionalidad, 19 de Septiembre de 2017

PonenteEstado de Guatemala
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2017
Número de expediente2763-2016
Nº de Gaceta125
Tribunal de amparo de primer gradoCorte Suprema de Justicia -Cámara de Amparo y Antejuicio
Tipo de expedienteApelación de Sentencia de Amparo
Sentido del falloCon Lugar -Principio de Debido Proceso
Tipo de antecedenteLaboral y Previsión Social -Juicio ordinario de nulidad de terminación de contrato de trabajo

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO

EXPEDIENTE 2763-2016

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD:Guatemala, diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete.

En apelación, y con sus antecedentes, se examina la sentencia de dieciséis de febrero de dos mil dieciséis, dictada por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de A. y A., en la acción constitucional de amparo promovida por el Estado de Guatemala, por medio del abogado de la Procuraduría General de la Nación, H.K.M.Z., contra la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social. El postulante actuó con el patrocinio del abogado mencionado. Es ponente en el presente caso el M.P., J.F.D.M.V., quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentado el veintiuno de mayo de dos mil quince, en la Sección de A. de la Corte Suprema de Justicia.B) Acto reclamado:sentencia de nueve de marzo de dos mil quince, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, que revocó la emitida el trece de mayo de dos mil catorce, por el Juzgado Cuarto de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, que declaró sin lugar la demanda ordinaria laboral promovida contra el amparista, por W.E.M.G..C) Violaciones que denuncia:al derecho de defensa y a los principios jurídicos de legalidad y del debido proceso.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por el postulante y de los antecedentes del caso se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)en el Juzgado Cuarto de Trabajo y Previsión Social del departamento de Guatemala, W.E.M.G. promovió juicio ordinario laboral en su contra, manifestando que fue destituido en forma directa e injustificada del puesto que desempeñaba como asesor profesional especializado IV, con especialidad en análisis de documentos, en la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado, sin que la autoridad nominadora cumpliera con el procedimiento administrativo disciplinario correspondiente, establecido en el Reglamento Interior de Trabajo, por lo que reclamó la nulidad de la terminación de la relación laboral (por violación al procedimiento aludido) y, como consecuencia, su reinstalación y pago de salarios dejados de percibir hasta su efectiva reincorporación;b)el trece de mayo de dos mil catorce el Juez de la materia dictó sentencia y declaró: b.1) sin lugar la demanda; y b.2) absolvió al amparista de las pretensiones del demandante; yc)el trabajador apeló, y la Sala cuestionada, al emitir el acto reclamado, revocó la sentencia impugnada y declaró: c.1) con lugar parcialmente la demanda; c.2) nulo el despido con causa justa ejecutado por el Estado de Guatemala y, como consecuencia, dejó a salvo el derecho del trabajador para“proceder a interponer la demanda con invocación de despido sin causa justa, dentro del plazo de ley respectivo, a fin de efectuar las reclamaciones que considere pertinentes a sus intereses, para lo cual, se establece que no corre plazo de prescripción en su contra, el cual deberá computarse, al día siguiente de estar firme la presente sentencia”; y c.3) sin lugar la reclamación de reinstalación y pago de salarios dejados de percibir.D.2)Agravios que se reprochan al acto reclamado:denuncia el amparista que la autoridad objetada, al emitir el acto reclamado, le produjo agravio porque:a)resolvió más de lo pedido por el demandante, debido a quela pretensión del trabajador consistía en obtener la declaración de nulidad de la terminación de la relación laboral y, como consecuencia de ello, su reinstalación, por lo que no debió pronunciarse sobre la justicia o injusticia del despido, puesto que ambas pretensiones son excluyentes entre sí; yb)al resolver en la forma en que lo hizo, dejó en estado de indefensión al Estado de Guatemala, puesto que determinó que en el caso concreto existió un despido injustificado, dejando a salvo el derecho del trabajador para promover un nuevo juicio ordinario (tal como consta en la parte resolutiva del acto recurrido), en el que incluso puede alegar cosa juzgada, con base en el pronunciamiento efectuado por la Sala cuestionada.D.3) Pretensión:solicitó que se otorgue el amparo promovido y, como consecuencia, se revoque el acto reclamado y se restablezca la situación jurídica afectada.E) Uso de recursos:ninguno.F) Casos de procedencia:invocó los contenidos en los incisos a), d) y h) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G) Leyes violadas:citó los artículos 12 y 108 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 321 y 364 del Código de Trabajo; 3, 9, 10, 13, 15, 16 y 148 de la Ley del Organismo Judicial; y 87 de la Ley de Servicio Civil.

  1. TRÁMITE DEL AMPARO

    A) A. provisional:nose otorgó.B) Terceros interesados:a)W.E.M.G.;b)la Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado; yc)la Inspección General de Trabajo.C) Remisión de antecedentes: a)copia certificada parcial del juicio ordinario laboral...

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