Sentencia nº 3095-2013 y 3204-2013 de Corte de Constitucionalidad, 30 de Abril de 2014

Sentido del falloCon Lugar -Derecho a la tutela judicial efectiva
Sentencia en primera instanciaSalas de la Corte de Apelaciones
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Número de expediente3095-2013 y 3204-2013
Fecha30 Abril 2014

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO

EXPEDIENTES ACUMULADOS 3095-2013 y 3204-2013

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, treinta de abril de dos mil catorce.

En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veinte de junio de dos mil trece, dictada por la Sala de la Corte de Apelaciones del ramo Penal de Delitos de F. y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer del departamento de Guatemala, constituida en Tribunal de A., en la acción constitucional de amparo promovida por Trans Union Guatemala, Sociedad Anónima, por medio del Mandatario Especial Judicial y para Asuntos Administrativos con Representación con Reserva de Ejercicio, J.F.C.E., contra la Juez Noveno de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala. La postulante actuó con el patrocinio del referido mandatario. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal III, M.R.C.C., quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentado el trece de mayo de dos mil trece, en el Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia Penal y remitido a la Sala de la Corte de Apelaciones del ramo Penal de Delitos de F. y otras Formas de Violencia contra la Mujer.B) Acto reclamado:auto de diez de abril de dos mil trece, dictado por la autoridad cuestionada, que declaró sin lugar el recurso de reposición interpuesto por la postulante contra la decisión judicial que resolvió estarse a lo resuelto en el fallo que declaró de oficio la existencia de actividad procesal defectuosa y por consiguiente no accedió a la comparecencia, en el proceso penal de mérito, de la abogada que en su oportunidad se había apersonado como Mandataria Especial Judicial para Asuntos Administrativos con Representación con Reserva de Ejercicio de la entidad amparista.C) Violaciones que denuncia:a los derechos de defensa, tutela judicial efectiva y del debido proceso.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por la accionante y del estudio de las constancias procesales, se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)S.R.B.D., denunció a la entidad amparista por los delitos de registros prohibidos y manipulación de información, tomando el control jurisdiccional para la investigación respectiva el Juzgado Noveno de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala;b)ante ese órgano jurisdiccional se presentó la abogada L.M. de L.M., para que en su calidad de Mandataria Especial Judicial para Asuntos Administrativos con Representación con Reserva de Ejercicio de Trans Union Guatemala, Sociedad Anónima –hoy amparista-, se le permitiera constituirse como representante legal de esa entidad mercantil, a lo que se accedió;c)a la postre, la autoridad objetada, de oficio, decretó la existencia de actividad procesal defectuosa en la resolución que aceptó la intervención de la profesional del Derecho y, como consecuencia, no accedió a su participación, ya que la responsabilidad en materia penal es de carácter personal;d)posteriormente, el abogado J.F.C.E., en su calidad de Mandatario Especial Judicial y para Asuntos Administrativos con Representación con Reserva de Ejercicio de la ahora postulante, se presentó ante la autoridad reprochada con el propósito de sustituir a la anterior mandataria apersonada dentro del proceso penal;e)la Juez Noveno de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala –autoridad denunciada-, al resolver esa solicitud, señaló “estarse a lo resuelto” en el fallo indicado en la literal c) de este apartado; yf)contra esa decisión, interpuso recurso de reposición, que en auto de diez de abril de dos mil trece –acto reclamado-, fue declarado sin lugar.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado: estimó vulnerados los derechos enunciados ya que:a)el acto reclamado carece de la debida fundamentación que exige el artículo 11Bisdel Código Procesal Penal;b)la autoridad cuestionada inobservó lo dispuesto en el artículo 188 de la Ley del Organismo Judicial que permite que una persona jurídica se apersone al proceso penal por medio de un mandatario judicial; yc) no se le permitió apersonarse y defenderse dentro de la causa penal en la cual es esta (la entidad mercantil), y no determinado representante legal, la que aparece como presunta sindicada.D.3) Pretensión:solicitó que se le otorgue amparo y, como consecuencia, se deje en suspenso la resolución que constituye el acto reclamado, ordenando a la autoridad denunciada emitir una nueva resolución como en derecho corresponda.E) Uso de procedimientos y recursos:ninguno. F)Casos de procedencia:invocó los contenidos en los incisos a), d) y h) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G) Leyes que estima violadas:citó losartículos y 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4º de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 8 numeral 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 11Bis, 71, 94 y 101 del Código Procesal Penal; y 16 y 188 de la Ley del Organismo Judicial.

II. TRÁMITE DEL AMPAROA) A. provisional:se otorgó.B) Terceros interesados: a)Ministerio Público, por medio de la Fiscalía de Sección de Delitos contra la Propiedad Intelectual; yb)S.R.B.D., denunciante.C) Informe circunstanciado:la autoridad cuestionada realizó un relato cronológico de los hechos acaecidos en el proceso de mérito y, en cuanto al acto reclamado, informó:a)S.R.B.D., presentó denuncia contra Trans Union Guatemala, Sociedad Anónima, por los delitos de uso de información y registros prohibidos;b)posteriormente, se apersonó dentro del proceso penal la representante legal de la entidad denunciada, abogada L.M. de L.M., a...

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