Sentencia nº 2789-2013 de Corte de Constitucionalidad, 18 de Octubre de 2013

Sentido del falloSin lugar
Tipo de RecursoApelación de Sentencia de Amparo
Número de expediente2789-2013
Fecha18 Octubre 2013

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO EXPEDIENTE 2789-2013CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD:Guatemala, dieciocho de octubre de dos mil trece.

En apelación, y con sus antecedentes, se examina la sentencia de veinticuatro de abril de dos mil doce, dictada por el Juez Décimo Primero de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala, constituido en Tribunal de A., en la acción constitucional de amparo promovida por la entidad Proyección Dual Guatemala, Sociedad Anónima por medio de su Gerente General y Representante Legal, D.M.S., contra la entidad Detectives Privados, Sociedad Anónima. La postulante actuó con el patrocinio del abogado J.L.C.A.. Es ponente en el presente caso la Magistrada Vocal II, G.P.P.E., quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentado el quince de enero de dos mil trece, en el Centro de Servicios Auxiliares para la Administración de Justicia y remitido por cuestión de competencia al Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala.B) Acto reclamado:amenaza de ser despojada de sus derechos de uso y explotación de vallas publicitarias; adquiridos mediante contrato de cesión suscrito entre la amparista y la autoridad refutada. C) Violaciones que denuncia:al derecho de defensa y al principio jurídico del debido proceso.D) Hechos que motivan el amparo:lo expuesto por la entidad postulante y del estudio de las constancias procesales se resume:D.1) Producción del acto reclamado: a)el veinticinco de septiembre de dos mil once la entidad amparista celebró contrato de cesión de vallas publicitarias con la autoridad reclamada estipulando que el negocio jurídico tendía validez desde el uno de agosto de dos mil doce hasta dos años posteriores a esa fecha; yb)no obstante el contrato suscrito, el veinte de diciembre de dos mil doce al intentar acceder a las vallas mencionadas, un agente de seguridad privada les informó que en cumplimiento de órdenes provenientes de la autoridad reclamada, no se les permitiría el acceso a las mismas, porque serían recuperadas por la entidad cedente, viéndose entonces la entidad postulante amenazada de que se le despojara de los derechos de uso y explotación que adquirieron con base en el negocio jurídico descrito en la literal anterior –acto reclamado-.D.2)Agravios que se reprochan:expresó que con el acto reclamado, la autoridad impugnada violó su derecho y principio constitucionales antes enunciados, ya que se le pretende despojar del uso y explotación legítimamente adquiridos, sin haber sido promovido el proceso correspondiente para finalizar la relación contractual.D.3) Pretensión:solicitó que se le otorgue amparo y como consecuencia, se ordene a la autoridad refutada mantener a la amparista en...

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