Sentencia nº 5289-2015 de Corte de Constitucionalidad, 17 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2016
Número de expediente5289-2015
Nº de Gaceta119
Tipo de expedienteApelación de Sentencia de Amparo
Sentido del falloCon Lugar -Derecho de defensa
Tipo de antecedenteCivil

APELACIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO

EXPEDIENTE 5289-2015

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD:Guatemala, diecisiete de febrero de dos mil dieciséis.

En apelación y con sus antecedentes, se examina la sentencia dedos de octubre de dos mil quince, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Civil y M., constituida en Tribunal de A., en las acciones constitucionales de amparo promovidas por E.C.C. y C.E.C.G. contrala Juez Primero de Primera Instancia del ramo Civil del departamento de Guatemala. Los postulantes actuaron con el patrocinio de la abogada M.A.N.D.. Es ponente en el presente caso el Magistrado Vocal III, H.H.P.A., quien expresa el parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTESI. EL AMPAROA) Interposición y autoridad:presentados el seis y ocho de mayo de dos mil quince respectivamente, en el Juzgado de Paz Penal de Faltas de Turno del municipio y departamento de Guatemala y, posteriormente, remitidos ala Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Civil y M..B) Acto reclamado:sentencia de diez de octubre de dos mil doce, por la que la Juez Primero de Primera Instancia del ramo Civil del departamento de Guatemala –autoridad cuestionada–, anuló la primera inscripción de dominio de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central identificada con el número siete mil treinta y ocho (7038), folio treinta y ocho (38), del libro ciento noventa y cinco E (195E) de Guatemala, así como todas las demás inscripciones operadas con posterioridad y ordenó a esa entidad que cancelara en forma definitiva la finca relacionada.C) Violaciones que denuncian:a los derechos de defensa, propiedad privada y al principio jurídico del debido proceso.D) Hechos que motivan el amparo:de lo expuesto por los postulantes, del estudio de los antecedentes y del fallo apelado, se resume: D.1) Producción del acto reclamado:a)ante la Juez Primero de Primera Instancia Civil del departamento de Guatemala –autoridad objetada–, J.F.O.R. Planteó Juicio Ordinario de Titulación Supletoria contra R.S.C.,yb)posteriormente, la autoridad reprochada -sin haberles dado intervención dentro del proceso a los postulantes- dictó sentencia de diez de octubre de dos mil doce –acto reclamado–,en la que anuló la primera inscripción de dominio de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central identificada con el número siete mil treinta y ocho (7038), folio treinta y ocho (38), del libro ciento noventa y cinco E (195E) de Guatemala, así como todas las inscripciones operadas con posterioridad y ordenó al referido Registro que cancelara en forma definitiva la finca relacionada.D.2) Agravios que se reprochan al acto reclamado:estimaron que la autoridad cuestionada, al dictar la sentencia que constituye el acto reclamado, transgredió sus derechos de defensa, propiedad privada, así como el principio jurídico del debido proceso, puesto que no se les confirió intervención dentro del juicio correspondiente y de ahí que no fueron citados, oídos, ni vencidos como corresponde.D.3) Pretensión:solicitaron que se les otorgue amparo y, como consecuencia, se deje en suspenso el acto reclamado y se le ordene a la autoridad objetada que emita nueva decisión confiriéndoles intervención dentro del citado proceso como terceros interesados.E) Uso de procedimientos y recursos:ninguno.F) Casos de procedencia:invocaron los contenidos en las literales a), b),d) y h) del artículo 10 de la Ley de A., Exhibición Personal y de Constitucionalidad.G) Leyes que estiman violadas:citaron los artículos 12, 28, 29, 39, 44de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 4 y 16 de la Ley del Organismo Judicial.

II. TRÁMITE DEL AMPAROA) A. provisional:se otorgó.B) Terceros interesados:J.F.O.R., R.S.C., V.T.C., N.T.C., S.B.T., C.T.B., R.T.P. y D.C.R..C) Remisión de antecedente:expedientecero mil cuarenta y cinco guión dos mil siete guión cero ocho mil doscientos cuarenta y dos (01045-2007-08242)del Juzgado Primero de...

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