Sentencia nº 2888-2007 de Sala 1ª de la Corte de Apelaciones de Trabajo, 4 de Julio de 2008
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2008 |
Emisor | Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo |
04/07/2008 LABORAL
2888-2007
No. 2888-2007 Oficial 2º. Notificador 1º. José E.M. Gatica contra M. delC.M. Gatica de E..
SALA PRIMERA DE
LA CORTE DE
APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL. Guatemala, cuatro de julio de dos mil ocho.
En virtud de la ausencia definitiva de los Magistrados Vocal Primero, abogado R.E.C. y Vocal Segundo, Abogada P.E.C.C.;n se integra
la Sala
con los suscritos Magistrados, para conocer del presente asunto.
En apelación y con sus antecedentes se examina la sentencia de fecha veintiséis de noviembre de dos mil siete, dictada por el Juzgado Tercero de Trabajo y Previsión Social en el proceso promovido por J.E.M. GATICA, contra M.D.C.M. GATICAD.E., en la cual se declaró: I) Rebelde y confesa a la demandada sobre los extremos de la demanda y sobre el pliego de posiciones que debía absolver. III) Con lugar la demanda ordinaria laboral promovida por: José E.M. Gatica en contra de M. delC.M. Gatica; II. Como consecuencia se condena a la demandada M. delC.M. Gatica al pago, a favor de la parte actora José E.M. Gatica y dentro del tercero día de estar firme el presente fallo sobre las prestaciones laborares y montos siguientes: A) Indemnización: Cuarenta y un mil quinientos ochenta y dos quetzales. B) Vacaciones: Tres mil trescientos siete quetzales; C) A.: Dos mil seiscientos treinta y un quetzales. D) Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y P.: Dos mil seiscientos treinta y un quetzales. E) Reajuste de Salarios: Cuarenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve quetzales. F) Salarios Pendientes: Un mil trescientos veintiséis quetzales con sesenta y seis centavos. G) Bonificación Incentivo: Seis mil quetzales. III. Se previene a la demandada: M.D.C.M. Gatica; que deberá efectuar el pago de las prestaciones laborales a la que se le condena en esta sentencia dentro del plazo que se indica en la misma; IV. Se impone a la demanda la multa de trescientos quetzales, en virtud de no haber exhibido los documentos indicados en el memorial de demanda.
OBJETO DEL PROCESO: El actor reclama el pago de las siguientes prestaciones: Indemnización, Vacaciones, A., Bonificación anual para Trabajadores del Sector Privado y Público, Reajuste de Salarios, Salarios Pendientes, Bonificación Incentivo para los Trabajadores del Sector Privado y Daños y perjuicios.
DE LAS PRUEBAS APORTADAS AL PROCESO: Por la parte actora: Confesión judicial, Prueba documental, y Presunciones legales y humanas. Por la parte demandada: no aportó medio de prueba por incomparecencia a la audiencia a juicio oral.
DE LO ACTUADO EN ESTA INSTANCIA: Se concedió audiencia por cuarenta y ocho horas a la parte recurrente a efecto de que expresara los motivos de su inconformidad y al respecto manifestó la demandada que esta en desacuerdo con la sentencia de primer grado porque fue declarada rebelde y confesa por medio de resolución emitida por el Juzgado Tercero de Trabajo y Previsión Social, y que sin embargo en su momento procesal...
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