Sentencia nº 528-2009 de Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Cobán, 28 de Enero de 2010

Fecha de Resolución28 de Enero de 2010
EmisorSala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Cobán

28/01/2010 – FAMILIA

528-2009

SALA REGIONAL MIXTA DE

LA CORTE DE

APELACIONES DE COBAN. Cobán, A.V., veintiocho de enero de dos mil diez.

a) Por vacaciones del Magistrado Vocal I, abogado ROGELIO CAN SI, esta S. se integra con los suscritos magistrados; b) En virtud de recurso de apelación, interpuesto por la entidad denominada EXPORTADORA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su representante legal, se emite la presente sentencia como sigue:

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: Los señores JUSTINA DE J. CHAJON SOTOJ, R.L. PEREZ, A. JOVITAG. CO, ALBERTO JUC CHOC, J.O. BIN CAHUEC, W.I.P. JUC, H.H. ASIG QUEJ, J.D. XOY MAC, S. ICAL CHOC, CESAR AUGUSTO GABRIEL SIS TA, ILDA AC XOY, M. MARTING.P. y DELMIN OFELIA XOY CAAL, quienes actúan con el auxilio del abogado M.A. FONCEA LAM.

PARTE DEMANDADA: La entidad denominada EXPORTADORA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su Representante Legal, K. THEODOR MULLER MORFIN, quien actúa bajo el auxilio del Abogado CARLOS RAUL AC CAAL.

CLASE Y TIPO DE PROCESO:

El presente proceso se refiere a JUICIO ORDINARIO LABORAL, que promueven J.D.J. CHAJON SOTOJ, R.L. PEREZ, A. JOVITAG. CO, ALBERTO JUC CHOC, J.O. BIN CAHUEC, W.I.P. JUC, H.H. ASIG QUEJ, J.D. XOY MAC, S. ICAL CHOC, CESAR AUGUSTO GABRIEL SIS TA, ILDA AC XOY, M. MARTING.P. y DELMIN OFELIA XOY CAAL, en contra de la entidad denominada EXPORTADORA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su R.L..

OBJETO DEL PROCESO DE SEGUNDA INSTANCIA:

Conocer y resolver el Recurso de Apelación interpuesto por la entidad EXPORTADORA GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de su R.L., en contra de la sentencia de fecha treinta de octubre de dos mil nueve, dictada por el Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de lo Económico Coactivo de Alta Verapaz.

RESUMEN DE LAS ACTUACIONES Y DEL FALLO RECURRIDO:

A) Hechos Relacionados en

la Sentencia Apelada

:

Los hechos expuestos en el memorial de demanda y de la contestación, aparecen resumidos correctamente en la sentencia analizada. En la sentencia apelada, el Juez de Primera Instancia, resolvió declarando: “I) Con lugar la demanda laboral promovida por J.D.J. CHAJON SOTOJ, R.L. PEREZ, A. JOVITAG. CO, ALBERTO JUC CHOC, M. MARTING.P., J.O. BIN CAHUEC, W.I.P. JUC, H.H. ASIG QUEJ, J.D. XOY MAC, S. ICAL CHOC, CESAR AUGUSTO GABRIEL SIS TA, ILDA AC XOY, y DELMIN OFELIA XOY CAAL, en contra de

LA ENTIDAD EXPORTADORA

GUATEMALTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, por medio de su representante legal, como consecuencia la demandada debe pagar a cada una (sic) de los actores lo siguiente, en concepto de prestaciones laborales: 1) Para JUSTINA DE J. CHAJON SOTOJ: A) INDEMNIZACION, la cantidad de dieciocho mil cuatrocientos cuarenta y cinco quetzales. B) VACACIONES, la cantidad de cincuenta y dos quetzales con quince centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta quetzales con cincuenta y ocho centavos. D) BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de mil doscientos cincuenta y un quetzales con sesenta y dos centavos. E) BONIFICACIÓN INCENTIVO la cantidad de seis mil quetzales. 2) Para R.L. PEREZ: A) INDEMNIZACION, la cantidad de trece mil trescientos cincuenta y dos quetzales con treinta y ocho centavos. B) VACACIONES, la cantidad de cuatrocientos cincuenta y ocho quetzales con setenta y tres centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta y siete quetzales con sesenta centavos. D) BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de mil doscientos sesenta y cuatro quetzales con noventa y tres centavos. E) BONIFICACION INCENTIVO la cantidad de seis mil quetzales. 3) Para A. JOVITAG.;A CO: A) INDEMNIZACION, la cantidad de ocho mil quinientos setenta y cuatro quetzales con noventa y dos centavos. B) VACACIONES, la cantidad de cuatrocientos treinta quetzales con setenta y tres centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta quetzales con cincuenta y ocho centavos. D) BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de mil doscientos cincuenta y un quetzales con sesenta y dos centavos. E) BONIFICACION INCENTIVO la cantidad de seis mil quetzales. 4) Para ALBERTO JUC CHOC: A) INDEMNIZACION, la cantidad de tres mil seiscientos ochenta y seis quetzales con noventa y dos centavos. B) VACACIONES, la cantidad doscientos noventa y un quetzales con sesenta y seis centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta quetzales con cincuenta y ocho quetzales (sic) con cincuenta y ocho centavos. D) BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de mil doscientos cincuenta y un quetzales con sesenta y dos centavos. E) BONIFICACIÓN INCENTIVO la cantidad de seis mil quetzales. 5) Para J.O. BIN CAHUEC: A) INDEMNIZACIÓN, la cantidad de mil doscientos veintiséis quetzales con dieciocho centavos. B) VACACIONES, la cantidad de quinientos sesenta y cinco quetzales con noventa y tres centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta quetzales con cincuenta y ocho centavos. D) BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de mil ciento treinta y un quetzales con ochenta y seis centavos. E) BONIFICACION INCENTIVO la cantidad de dos mil quinientos quetzales. 6) Para W.I.P. JUC: A) INDEMNIZACION, la cantidad de tres mil doscientos sesenta y ocho quetzales con cuarenta y tres centavos. B) VACACIONES, la cantidad de noventa y seis quetzales con cincuenta y ocho centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta quetzales con cincuenta y ocho centavos. D) BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de mil doscientos cincuenta y un quetzales con sesenta y dos centavos. E) BONIFICACION INCENTIVO la cantidad de seis mil quetzales. 7) Para H.H. ASIG QUEJ: A) INDEMNIZACION, la cantidad de novecientos cuarenta y un quetzales con sesenta y un centavos. B) VACACIONES:, la cantidad de cuatrocientos treinta y cuatro quetzales con cincuenta y nueve centavos. C) AGUINALDO, la cantidad de seiscientos sesenta quetzales con cincuenta y ocho centavos. D) BONIFICACION ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO, la cantidad de ochocientos sesenta y nueve quetzales con dieciocho centavos. E) BONIFICACION INCENTIVO la...

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