Auto nº 139-2012 de Juzgado de 1ª Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz, 26 de Junio de 2012
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2012 |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia de Trabajo de Cobán, Alta Verapaz |
26/06/2012 - LABORAL
139-2012
Reinstalación No. 139-2012 of. 2º
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DE COBAN ALTA VERAPAZ, VEINTISEIS DE JUNIO DE DOS MIL DOCE.
Se trae a la vista el presente expediente, con el objeto de resolver la solicitud de reinstalación presentada por H. NatanaelC. Choc, en contra de la municipalidad de San Juan Chamelco, Alta Verapaz, a través de su representante legal.
DEL OBJETO DE
LA SOLICITUD
: Indica el actor que con fecha veintinueve de febrero del corriente año, se le ordenó dejar el cargo de Director Financiero de
la Municipalidad
de S.J.C., nombrándosele al cargo de Subdirector de servicios públicos, con efectos del uno de marzo de dos mil doce, bajo el renglón cero veintinueve con honorarios de tres mil quetzales, lo que contraviene lo establecido en el artículo 66 del Decreto 1-87 Ley del Servicio Municipal, debido a lo anterior, solicita su reinstalación al puesto de Director Financiero que venia desempeñando. Por lo que se le dio audiencia a la otra parte por el plazo de dos días, y al evacuarla expuso los siguiente: que el trabajador trata de sorprender en la buena fe, debido que la reinstalación sólo procede cuando el trabajador hubiere sido despedido, y en el presente caso el actor continua actualmente prestando sus servicios para la municipalidad, y que además de conformidad con el artículo 19 de la ley del Servicio Municipal, que establece los trabajadores que ocupen puestos de confianza o de libre nombramiento y remoción, no están sujetos a las disposiciones de está Ley, y con base en lo anterior el señor H. NatanaelC. Choc, desempeñó el cargo y servicio de confianza, según acta de l consejo Municipal en la certificación número dieciséis guión dos mil doce, de fecha dieciséis de febrero de dos mil doce, por lo que solicita que el presente incidente sea declarado sin lugar. Al presente incidente fueron incorporadas las siguientes pruebas: a) fotocopia del oficio número quince guión dos mil doece de fecha diecisiete de febrero de dso mil doce, b) fotocopia del oficio número veintisiete guión dos mil doece de fecha veintinueve de febrero de dos mil doce, c) fotocopia del oficio numero veintiuno de febrero de dos mil doce, d) certificación del acuerdo municipal, de nombramiento del nuevo Director Financiero, señor Adrián C.D., e) fotocopia de de las planillas de los meses de marzo y...
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